Interlocking: Banco de Chile y LarrainVial critican informes de la FNE apuntando a que son “crónica de una falta de legitimación”
Ambas compañías alertaron que existen interpretaciones equivocadas y que se alejan de las materias del caso.
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Los informes que presentó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) la semana pasada ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para respaldar los requerimientos que inició hace más de un año en contra Banco de Chile, LarrainVial, Consorcio y Juan Hurtado por interlocking fueron objetos de críticas por parte de las dos primeras compañías.
Los reportes hechos por los abogados y profesores Jorge Grunberg y Juan Luis Goldenberg a petición de la Fiscalía dieron cuenta que la legislación local sobre interlocking descansa en la regulación estadounidense y que “para su configuración no resulta necesario acreditar poder de mercado ni efectos anticompetitivos actuales o potenciales asociados a la conducta, y que no es aceptable que los involucrados en ella hagan valer defensas de eficiencia”.
Según LarrainVial los informes tendrían el objetivo “de desprenderse de la carga probatoria de acredi-tar los supuestos efectos anticompetitivos de la conducta acusada”.
Los abogados de Banco de Chile ingresaron un escrito reprochando los informes de la FNE, señalando que son “crónica de una falta de legitimación”.
La firma ligada al grupo Luksic y Citi acusó que los informes “no consideran el caso concreto y particular del proceso, sino que se limitan a analizar -académica y abstractamente- las normas invocadas por la FNE”.
La posición del banco es que no se le pueden aplicar infracciones de interlocking debido a que es una persona jurídica y no una natural.
Los abogados del banco enfatizaron que los documentos presentados por la FNE “no analizan la situación fáctica y jurídica particular de este proceso jurisdiccional. El omitir este supuesto de base, hace que los informes acompañados sean más parecidos a una publicación académica que a un informe en derecho con consecuencias para el proceso”.
La entidad financiera agregó que la FNE “generó la confianza de que el banco se encontraba actuando conforme a derecho” y recalcaron que existe “la forzosa conclusión de que el Banco de Chile no puede ni debe ser condenado en este proceso”.
Los descargos de LarrainVial
Los representantes de LarrainVial manifestaron que la FNE ha puesto “esta peligrosa tesis de interlocking que no se condice con la realidad de las organizaciones empresariales en el mercado financiero y en particular, de las corredoras de bolsa”.
Alertaron que de continuar con sus pretensiones, la Fiscalía “sólo contribuirá a crear un clima de incerteza jurídica extremadamente dañino para el mercado”.
LarrainVial planteó al TDLC que la aplicación de interlocking debía ser interpretada de manera restrictiva porque lo contrario tiene efectos negativos para el mercado.
“Ello trae aparejados grandes riesgos para el sistema de libre competencia, ya que se podría terminar sancionando conductas que son neutras o incluso beneficiosas para los mercados, e incluso inhibir a los agentes económicos de conductas que podrían ser pro-competitivas”, señaló LarrainVial.
De acuerdo a la interpretación legal de la compañía sobre la regulación de interlocking, “no basta con que una empresa matriz tenga influencia decisiva en la filial, sino que, además, ellas deben forzosamente competir en el mismo mercado relevante. Y ello no ocurre en el caso de LarrainVial SpA, que no participa en el mercado de las corredoras de bolsa, mercado relevante definido por la FNE”.
Expuso que “la especial regulación de las corredoras de bolsa obliga a matrices y filiales a operar con extrema separación y autonomía lo cual torna absurda la idea de considerarlas como una misma empresa”.
Sobre el análisis realizado por Goldenberg, en cuanto a cómo se configura el ilícito, LarrainVial expresó que se trata de “una conclusión que resulta peligrosa y completamente incompatible con un proceso sancionatorio”.
Advierten que “llevaría a crear una nueva conducta prohibida que no se encuentra contenida en la norma: la de designar a un director u omitir su remoción, cuando éste tenga el mismo cargo en otra sociedad”.
LarrainVial planteó que los informes de la FNE “desvirtúan el verdadero alcance” de la legislación. Esto, pues tendrían el objetivo “de desprenderse de la carga probatoria de acreditar los supuestos efectos anticompetitivos de la conducta acusada”.