Bci acusa a la FNE de no ser objetiva en disputa por seguros hipotecarios
El banco argumentó que las prácticas que denunció el organismo público fueron revisadas y aceptadas por los reguladores financieros chilenos. Agregó que no tiene una posición dominante en el mercado en cuestión.
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A mediados de agosto la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento en contra del Bci ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acusando a la entidad financiera de realizar prácticas anticompetitivas.
En concreto, el organismo fiscalizador acusó al banco de infringir el DL 211 sobre libre competencia, en relación a la licitación del seguro colectivo de desgravamen asociado a los créditos hipotecarios de Bci.
El eventual ilícito se habría materializado al excluir arbitrariamente la oferta que contenía el menor precio presentada por la aseguradora Rigel y la empresa de corretaje de seguros Burgos, declarando ganadora a una propuesta más costosa, presentada por la aseguradora de BICE junto con Bci Corredores de Seguros, filial del banco en cuestión.
Según la FNE, el Bci logró beneficiarse económicamente, pues obtuvo de modo mensual, durante dos años, ingresos que no habría recibido si la licitación hubiese operado en condiciones competitivas.
La respuesta de Bci
Tras varios procedimientos judiciales, a comienzos de diciembre llegó el turno de la compañía financiera para contestar la demanda. El banco, representado por el estudio Ortúzar Vergara & Boetsch, señaló en el escrito que la FNE infringió "su esencial deber de objetividad".
La firma argumentó que todo el proceso de licitación "fue revisado, aceptado y respaldado por las autoridades con competencia en la materia a la época", aludiendo a la exSuperintendencia de Valores y Seguros y la exSuperintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (ambas fusionadas en la actual CMF).
Según el banco, las acusaciones hechas por la FNE, catalogadas "como anticompetitivas, son una serie de conductas que se enmarcan dentro de aquellas expresamente permitidas, o que derechamente son consecuencia de la normativa legal y reglamentaria vigente en materia de los seguros asociados a los créditos hipotecarios, y que es precisamente la normativa que la FNE ha solicitado modificar al Presidente".
Lo anterior quiere decir que el organismo público estaría reprochando el procedimiento del Bci a pesar de haber obrado conforme a ley. "Que la FNE estime que la normativa no es la adecuada y ser modificada en caso alguno puede servir de fundamento a un requerimiento en contra de un agente que no ha hecho más que cumplir con la normativa y la institucionalidad, con pleno respaldo y aprobación de las autoridades sectoriales", sostuvo el escrito del Bci.
Competencia
Para desestimar las denuncias, Bci dijo que no tiene una posición dominante en el mercado. El banco definió como mercado relevante "al de la provisión de seguros de desgravamen, sean estos colectivos o individuales, a nivel nacional, destinados a asegurar los créditos hipotecarios vigentes Bci".
Según el banco, en el mercado participan aseguradoras que ofrecen productos para hipotecarios, por lo que "Bci no tiene ni podría tener una posición dominante en ese mercado, ya que ni siquiera participa en el mismo más que como un demandante de esos seguros".
Agregó que "son los clientes hipotecarios los que toman la decisión de si aceptan el seguro de desgravamen colectivo licitado".
El segundo argumento de Bci fue que la oferta presentada por Rigel y Burgos "no generó ni podía generar efectos contrarios a la libre competencia", ya que esa decisión "se basó en el incumplimiento de la normativa vigente y las bases de licitación".
La decisión adoptada por Bci fue hecha en base a informes elaborados por sus asesores legales externos, especialistas en materia de seguros y de su fiscalía interna.
El banco aseguró que no tenía incentivos de dejar fuera de la licitación a Rigel y Burgos ya "que lo que podría ganar adjudicando la licitación a la oferta presentada por otra compañía de seguros en conjunto con su relacionada Bci Corredores era menor a lo que podía perder directamente por causa de que una parte de sus clientes, al verse obligados a pagar un mayor dividendo, decidieran renegociar sus créditos con otras entidades bancarias que ofrecieran un dividendo más bajo".
"Si la FNE quisiera derogar o modificar las normas referidas, para eso tiene la facultad de pedirlo a través de una recomendación normativa. Pero no puede, mientras eso no se haya materializado, pretender que se sancione a un agente económico que simplemente ha cumplido las reglas legales vigentes en esta materia", disparó Bci.