Banco Central cierra la puerta a operaciones de pagos transfronterizos que procesan fintech: están fuera de norma
El ente rector señaló que para autorizar dichas transacciones se requeriría realizar un acabado análisis junto a la CMF respecto de los riesgos que podría importar este negocio en el normal funcionamiento de los pagos en Chile.
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El Banco Central (BC) cerró la puerta a los pagos transfronterizos que realizan las fintech, operaciones que habían sido cuestionadas legalmente por las marcas de tarjetas.
De acuerdo a una serie de documentos que se dieron a conocer en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), Visa había solicitado al ente rector su pronunciamiento respecto de si los operadores de tarjetas y proveedores de servicios de pago (PSP) estaban facultados para realizar actividades transfronterizas.
Los pagos transfronterizos corresponden a operaciones que permiten adquirir desde Chile –pagando con pesos– los servicios de plataformas de e-commerce como Amazon, Netflix, Spotify, Uber o Shein, entre otras.
Rosario Celedón, gerente división política financiera del Banco Central. Foto: Julio Castro
El pronunciamiento del BC fue redactado por la gerenta de la División Política Financiera, Rosario Celedón, quien manifestó que, de acuerdo a la regulación dictada por el instituto emisor, “los operadores de pago no se encuentran autorizados para realizar la actividad de adquirencia transfronteriza”.
Celedón añadió que esta situación se repite en los PSP, que “tampoco están facultados” para ofrecer este servicio.
Agregó que “el marco normativo emanado del Banco Central no ampara dicha clase operaciones transfronterizas”.
Recordó que esto ocurre cuando un operador o un PSP afilia directamente a una entidad no domiciliada o residente del país, obligándose a transferir los recursos correspondientes a las transacciones efectuadas en Chile con tarjetas de pago que procesen a cuentas que éstos determinen en el exterior.
Celedón planteó que una eventual autorización de la adquirencia transfronteriza “requeriría de un análisis acabado por parte del Banco Central y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) respecto de los riesgos que ésta pudiera importar para el normal funcionamiento de los pagos”.
Destacó que para lo anterior, habría que “establecer cuáles serían las medidas para cautelar que los pagos a los comercios afiliados en Chile no queden expuestos a mayor riesgo como consecuencia que los recursos actualmente previstos para ello se destinen a efectuar pagos a otras entidades en el exterior”.
La posición de las marcas
Tras conocer la posición del Banco Central, Visa presentó un recurso de reposición al TDLC para que decrete el alzamiento de las medidas cautelares que se establecieron a favor de los PSP, como Dlocal, PayU, Paygol y EBANX.
Las fintech, por su parte, habían entablado demandas en el TDLC en contra las marcas de tarjetas por abuso de posición dominante debido a sus reglas en las transacciones transfronterizas que son restringidas por Visa y reguladas por Mastercard.
Visa espera que el TDLC “reconsidere su decisión de no alzar las medidas cautelares emitidas respecto del tema de la adquirencia transfronteriza, dado que esta actividad no se encuentra permitida por la normativa sectorial que regula la industria de medios de pago en Chile, según consta en oficios del Banco Central. La adquirencia transfronteriza no es una actividad autorizada por la regulación vigente en Chile”.
Mastercard presentó un recurso de nulidad que fue rechazado por el TDLC. En aquel recurso, afirmó que las fintech no estaban cumpliendo con las disposiciones legales del país y que podían recurrir a otros canales para llevar a cabo sus operaciones.
Visión del gremio
Desde FinteChile -asociación que agrupa a las fintech- comentaron que el pronunciamiento del Banco Central “es claro en señalar que los pagos transfronterizos no están regulados expresamente, pero ello no implica que estén prohibidos, dado que en Chile rige el principio constitucional de libertad económica”.
El gremio enfatizó que “el propio Banco Central señaló el año pasado que las autoridades de libre competencia son las llamadas a regular la subadquirencia transfronteriza, de ser necesario, lo que justamente hizo el TDLC”.
El TDLC dictó en agosto del año pasado las instrucciones para las condiciones de mercado para las tarjetas, ordenando a las marcas de tarjetas eliminar cualquier prohibición de estas transacciones. En tanto, las marcas tendrían que enviar a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) los cobros asociados a los adquirentes por transacciones transfronterizas.
Estas medidas están siendo analizadas por el Tribunal Constitucional luego que Mastercard interpuso un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad al considerar que el TDLC avanzó más allá de sus facultades.
Desde FinteChile consideraron avanzar hacia un marco de regulación para los pagos transfronterizos y que facilite estas transacciones. Recalcaron que “aún es más importante asegurar pronto que las marcas de tarjetas sean reguladas por nuestras autoridades, al igual que todos los actores de la cadena de pagos, dado que es de público conocimiento el intento de no querer someterse siquiera a las instrucciones del TDLC”.