Gobierno alista ingreso de reglamento de potencia a Contraloría tras fin de consulta ciudadana e industria sincera expectativas
El hito se materializaría la próxima semana a casi cuatro meses que el Ministerio de Energía decidiera no perseverar en el cambio de reglamento de transferencia de potencia y anunciara modificaciones al reglamento contenido en el actual Decreto Supremo 62. Documento es clave, ya que despejaría dudas para emprender inversiones en almacenamiento.
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Uno de los documentos más esperados por la industria está en su recta final para ver la luz. Tras un extenso proceso de idas y vueltas, el Ministerio de Energía se alista a ingresar el reglamento de tranferencias de potencia entre empresas generadoras a la Contraloría General de la República tras culminar su proceso de consulta ciudadana, lo que de alguna manera despejaría dudas para -por ejemplo- emprender inversiones en materia de almacenamiento.
Según comentan fuentes, el reglamento se ingresaría al organismo fiscalizador la próxima semana. Esto, tras varios pasos. El documento Decreto Supremo 3 se retiró del órgano contralor en septiembre de 2022, dos meses más tarde se inició una mesa de trabajo y en marzo de este año comenzó una consulta pública que se cerró en abril.
Sobre la base del último documento que da cuenta de los resultados de la consulta ciudadana, se han incorporado ajustes al reglamento.
Posteriormente, el Ministerio de Energía anunció el 26 de julio modificaciones al actual reglamento de potencia. En concreto, la cartera decidió no perserverar en el cambio de reglamento de transferencias de potencia y realizar una serie de modificaciones al reglamento contenido en el actual Decreto Supremo 62, manteniendo ciertas innovaciones necesarias, entre otras cosas, en materia de almacenamiento.
"Luego del análisis de todas las observaciones, como Ministerio hemos decidido no persistir con la tramitación del Decreto Supremo 3 e incorporar modificaciones al Decreto Supremo 62", sostuvo en ese momento la jefa de la División de Mercados Eléctricos del Ministerio de Energía, Johanna Monteiro. Eso sí, tomando materias que venían del Decreto Supremo 3.
El día del anuncio se abrió un proceso de consulta ciudadana sobre la modificación al reglamento de transferencias de potencia que se cerró el 28 de agosto. Se recibieron un total de 429 observaciones y comentarios por parte de distintas empresas, asociaciones gremiales, particulares e instituciones del sector eléctrico.
Según un documento de "consolidación y respuesta" de la cartera de Energía, se indica que las opiniones recibidas fueron evaluadas y ponderadas por parte de la Secretaría de Estado, incorporándose las modificaciones que se han considerado pertinentes con el cumplimiento del objetivo perseguido en virtud de la propuesta de modificación reglamentaria sometida a consulta ciudadana, cual es, "actualizar la normativa a efectos de armonizar la regulación de los sistemas de almacenamiento en el contexto del mercado de transferencias de potencia para alcanzar un despliegue de dichos sistemas en el sistema eléctrico nacional, otorgando certeza regulatoria a la industria y dar señales para la inversión en este tipo de proyectos".
Entre los principales cambios efectuados a la modificación al reglamento de transferencia de potencia entre empresas generadoras está que se modifica, en el artículo primero transitorio, la tabla de porcentaje de reconocimiento de potencia inicial de un sistema de almacenamiento de energía -o de este componente de una central renovable con capacidad en este ámbito- con el propósito de establecer incentivos para el desarrollo del sistema eléctrico nacional alineados con los requerimientos técnicos del mismo.
Se dispone que la Comisión Nacional de Energía (CNE) definirá la métrica de suficiencia que será utilizada como insumo para el estudio que debe elaborar el Coordinador Eléctrico Nacional para estimar el nivel de suficiencia en el sistema eléctrico nacional.
También, entre otros ajustes, se precisa que la modalidad de operación de los PMGD por defecto sea el autodespacho sin perjuicio de que puedan cambiar dicha modalidad de operación a un régimen optimizado, debiendo en dicho caso comunicarlo al Coordinador Eléctrico Nacional. Y se establece que el Ministerio de Energía es el organismo competente para aprobar y prorrogar el Estado de Reserva Estratégico.
Y, respecto de las componentes de generación y almacenamiento de las centrales renovables con capacidad de almacenamiento, se incorpora la exigencia de contar con medidores independientes, a fin de cuantificar el aporte individual que entregan dichos componentes y, de esta forma, operativizar la posibilidad que estas centrales realicen retiros del sistema.
Sobre la base de lo planteado en este último documento del Ministerio que da cuenta de los resultados del proceso de consulta ciudadana -confirman fuentes- se han estado incorporando los ajustes al reglamento que se ingresará a la Contraloría.
Evaluación de la industria
Consultado por la etapa final de este proceso, Francisco Muñoz, director de Estudios de Generadoras de Chile, calificó como "urgente" la publicación del reglamento de potencia "porque es uno de los elementos faltantes para poder habilitar la evaluación financiera y el ingreso de almacenamiento en el corto y mediano plazo". "Este reglamento entrega una metodología clara y concreta para evaluar el reconocimiento de potencia de dispositivos de almacenamiento, entregando certeza a los inversionistas y allanando la regulación para el desarrollo de esta clase de proyectos”, afirmó.
El director ejecutivo del gremio de Pequeñas y Medianas Generadoras (GPM), Matías Cox, reconoce que están conformes con la propuesta de modificación del reglamento, pues otorga certeza regulatoria a las inversiones en generación y, en particular, en el desarrollo y remuneración por potencia de las instalaciones de almacenamiento. "El desarrollo del almacenamiento es clave para la transición energética, pues permite integrar las energías renovables al sistema eléctrico, que son fundamentales para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero", indicó.
Cox añade que espera que "el texto final de la modificación sea coherente con la propuesta presentada por el Ministerio, pues es fundamental que el reglamento sea claro y transparente para todos los actores del sector. En particular, estamos atentos a la incorporación de los aportes que realizamos durante la consulta pública, que fueron relevantes para mejorar la propuesta original".
Sin embargo, el director ejecutivo de la Asociación Chilena de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec), Rafael Loyola, sostuvo: “Lamentablemente, el proceso, que duró tres años, no abordó el objetivo de ajustar las distorsiones presentes en el reglamento en cuanto a no seguir sobreremunerando a las energías renovables variables, y evitar la sobreinstalación de centrales diésel de respaldo, que era la motivación inicial de esta revisión reglamentaria".
"Finalmente, se opta por mantener el statu quo, lo que fue observado en el proceso no sólo por las asociaciones de energía renovable estable, como hidro de pasada y concentración solar, sino que también por los clientes. En materia de remuneración de almacenamiento, tendremos que esperar a ver como funcionará el nuevo estímulo”, comentó.