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TDLC condena a Cruz Verde y Salcobrand al pago de US$19 millones por colusión

Sentencia no establece sanciones respecto de Farmacias Ahumada S.A., dado que ésta alcanzó un acuerdo conciliatorio con la FNE.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Martes 31 de enero de 2012 a las 09:51 hrs.
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En decisión unánime, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió el requerimiento presentado en diciembre de 2008 por la Fiscalía Nacional Económica y condenó a Farmacias Cruz Verde S.A. y a Farmacias Salcobrand S.A. al pago de la multa máxima que consideraba la ley a la fecha de los hechos, esto es, 20.000 Unidades Tributarias Anuales,  lo que equivale a cerca de U$19 millones cada una, por colusión en el mercado de distribución de productos farmacéuticos.

La sentencia tuvo por acreditada, mas allá de toda duda razonable, la existencia de una colusión entre éstas cadenas y Farmacias Ahumada S.A., para alzar los precios de al menos 206 medicamentos, en el periodo comprendido entre diciembre de 2007 y marzo de 2008, ambos meses inclusive.

Según el Tribunal, "dicha evidencia permitió establecer que Salcobrand transmitió, por intermedio de ejecutivos de diversos laboratorios, su disposición a ser el primero en modificar al alza los precios de ciertos medicamentos, y luego las tres cadenas de farmacias coordinaron las fechas en que se producirían estas alzas en cada una de ellas. De esta forma, las alzas de precios se realizaron –en su mayoría- siguiendo un patrón preestablecido, denominado “1-2-3”, en el que la primera alza era realizada por una cadena (casi siempre, Salcobrand) en el “día 1”, seguida por otra cadena en el día “2”, y concluyendo la última en el “día 3”.

Así, se acreditó que una de las cadenas comunicaba al laboratorio correspondiente la fecha en que incrementaría sus precios, para que lo transmitiera anticipadamente a las otras dos cadenas, y esperaba que le confirmaran que ellas también seguirían esa alza en los días acordados. Incluso, algunos correos electrónicos de ejecutivos de laboratorios dan cuenta de que éstos informaban a una farmacia en los casos en que otra tuvo alguna dificultad para implementar el alza de precios acordada, y les avisaba cuándo lo harían.

Comprueban monitoreo de precios

Además, fue corroborada por el TDLC la existencia de un inusual monitoreo que cada farmacia hizo respecto de los precios de venta de la otra. 

"Del análisis de los antecedentes sobre cotizaciones de precios presentados por FASA y Cruz Verde, en conjunto con la información sobre movimientos diarios de precios de cada medicamento en cada cadena, se acreditó que éstas realizaron dichas cotizaciones un día antes de que se produjera cada alza o en el mismo día en que cada una de ellas ocurrió, siguiendo este monitoreo de precios por varios días seguidos, para prácticamente todos los medicamentos analizados", señaló en su sentencia el organismo.

Según la investigación dicho patrón de monitoreo fue mucho más intenso de lo acostumbrado, pues lo normal es que las requeridas coticen los precios de su competencia cada 7 o 15 días, y jamás en dos días seguidos.

"Estos monitoreos extraordinarios no se explican sin la existencia de un concierto o conspiración previos, que permitió a cada cadena conocer anticipadamente lo que harían sus competidores", concluyeron.

Esta sentencia no establece sanciones respecto de Farmacias Ahumada S.A., dado que ésta alcanzó un acuerdo conciliatorio con la Fiscalía Nacional Económica –el que fue aprobado por este Tribunal en abril de 2009- en que reconoció los hechos descritos, se comprometió a cooperar con dicho Servicio aportando los antecedentes con que contaba, y pagó una suma cercana a U$1 millón.

Multas

Para determinar el monto de la multa, el TDLC consideró la gravedad de la conducta ilícita –siendo la colusión la más grave de aquellas sancionadas en el D.L. N° 211- y que, en este caso afectó, en un mercado de singular importancia, a productos farmacéuticos destinados –en su gran mayoría- a tratar enfermedad crónicas, ocasionando así un menoscabo directo a quienes los requieren para sus tratamientos, según la entidad.

"La extensión del daño causado se consideró especialmente grave, pues involucró a casi la totalidad de la oferta, el significativo número de consumidores afectados en todo el país, y que el acuerdo probablemente se habría mantenido en el tiempo y extendido a otros medicamentos de no haberse iniciado la investigación de la FNE", analizó el Tribunal.

Adicionalmente, el el TDLC consideró el beneficio económico obtenido por las cadenas farmacéuticas con motivo de esta colusión. Si bien las cadenas de farmacias se encontraban en una “guerra de precios”, la coordinación les permitió adelantar los incrementos de precios y evitar los costos de haber actuado en forma independiente, cincluye el informe.


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