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Gobierno se anota un triunfo: Cámara aprueba el proyecto de cumplimiento tributario y se liberan US$ 1.200 millones adicionales en el Presupuesto 2025

La Sala de la Corporación visó los cambios aprobados por el Senado, por lo que se evitó una comisión mixta.

Por: Sebastian Valdenegro | Publicado: Miércoles 25 de septiembre de 2024 a las 14:02 hrs.
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Foto: Agencia Uno
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Justo a las 14:02 de este miércoles, el Gobierno pudo respirar con alivio.

A esa hora, la Sala de la Cámara de Diputados terminó de ratificar los cambios realizados por el Senado al proyecto que refuerza el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Conocido también como propuesta antievasión y elusión, con la que el Ejecutivo busca recaudar el equivalente a 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB) en régimen y que es el principal componente del denominado "pacto fiscal".

Pese a un escenario incierto en la previa, la Corporación visó la totalidad de los cambios realizados por la Cámara Alta, con abrumadoras votaciones, varias con más de 100 votos.

De esta manera, el proyecto queda en condiciones de ser ley y evita un trámite adicional en comisión mixta, la que zanjaría las diferencias entre ambas cámaras.

En las jornadas previas, La Moneda y Hacienda habían desplegado en conversaciones con senadores y diputados para ordenar la votación y evitar un trámite que habría generado una alta incertidumbre sobre el nivel de ingresos con que contaría el sector público para el próximo año.

Justamente, el resultado principal de esta aprobación es que el Ministerio de Hacienda podrá disponer de US$ 1.200 millones en ingresos adicionales para el Presupuesto del 2025, que será presentado a inicios de la próxima semana por el Presidente de la República, Gabriel Boric, y el ministro de Hacienda, Mario Marcel.

Los primeros cambios

La aprobación del texto tuvo un largo recorrido, desde su ingreso a la Cámara el pasado 29 de enero, pasando al Senado a mediados de abril y luego de un acuerdo técnico y político entre los senadores y Teatinos 120 en julio para destrabar algunos de los principales nudos del texto.

Por lo pronto, hubo 24 puntos que fueron aprobados por el Senado casi de forma íntegra a su primera tramitación en la Cámara.

Estos fueron las nuevas facultades de fiscalización de grupos empresariales; la multijurisdicción, que permite que una dirección regional del Servicio de Impuestos Internos (SII) pueda fiscalizar a contribuyentes en otra locación; la creación de un mecanismo para promover las buenas prácticas de grupos empresariales en materia del pago de impuestos; la simplificación del proceso de término de giro de contribuyentes; la posibilidad de establecer la trazabilidad en el comercio de bienes; aumentos de multas en delitos tributarios; una nueva norma sobre colaboración sustancial en investigaciones sobre impuestos; la creación de medidas prejudiciales y la ampliación de medidas cautelares que puede solicitar el SII.

Asimismo, se visó la nueva política de determinación de intereses para favorecer a PYME en deuda con las autoridades fiscales; las modificaciones a procedimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA); los procedimientos de cobranza ante Tesorería y declaración de incobrabilidad; las modificaciones al impuesto al lujo, aunque en el Senado se aclararon las exenciones para los veleros deportivos; la forma de notificar a contribuyentes en controversias con el SII, Aduanas y Tesorería; las nuevas normas sobre precios de transferencia; una nueva definición de regímenes tributarios preferenciales; las modificaciones a norma sobre impuesto a la renta en venta indirecta de entidades con domicilio en Chile; y ajustes al IVA en compras a través de plataformas digitales a contribuyentes no domiciliados en el país.

Un último paquete se relacionaba con el fortalecimiento de la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), permitiendo representar judicialmente a personas y PYME en controversias contra el SII, Aduanas y Tesorería; el fortalecimiento institucional de los organismos tributarios; las normas sobre declaración de incobrabilidad de deudas de más de diez años; la nueva ventana de repatriación de capitales; y la norma sobre término anticipado de juicios.

Los cambios de fondo

Pese a que la mayoría de los artículos fueron visados sin mayor problema en el primer y segundo trámite, hubo otros que fueron foco de controversia en la Cámara Alta.

Estos fueron principalmente una nueva gobernanza para el SII; la figura del denunciante anónimo para investigaciones tributarias; el mecanismo para flexibilizar el levantamiento del secreto bancario; y la aplicación de la Norma General Antielusión (NGA) directamente por el SII y sin pasar previamente por un tribunal.

Dichos artículos fueron parte de un intenso trabajo técnico y político en la Cámara Alta, que dieron como resultado enmiendas que fueron visadas en el segundo y en el tercer trámite.

Por ejemplo, en el caso de la gobernanza del SII, se aprobó la creación de un comité ejecutivo integrado por el titular del servicio y los subdirectores de Fiscalización, Jurídica y Normativa, y que deberá tomar decisiones respecto a materias claves de índole institucional, como querellas, aplicación de la NGA, y condonaciones, por citar algunas. Asimismo, se define que las subdirecciones serán cargos adscritos a concurso en Alta Dirección Pública (ADP).

Otro cambio de fondo en esta materia es la creación también de un consejo tributario, que será integrado por cuatro consejeros externos al SII -elegidos por el ministro de Hacienda de una terna de ADP- y también por el director del servicio y que deberá pronunciarse sobre la legalidad de algunas circulares del organismo. También tendrá opinión no vinculante sobre los planes de fiscalización anuales de la entidad. Con esto, se abogó por crear una dirección más colegiada al interior del SII, cuyo director ahora no podrá ser removido por una nueva administración como parte de los 12 cargos ADP que pueden ser despedidos en los primeros seis meses de un nuevo gobierno.

En cuanto a la NGA, se eliminó el consejo externo que opinaba sobre los casos donde aplicar la norma, radicando dicha decisión en un comité interno del SII. Asimismo, se mantiene su aplicación en sede judicial, donde el director del servicio deberá acudir primero a un TTA y ahí el contribuyente defenderse. Se aumenta a seis años el plazo de prescripción.

En secreto bancario, también se mantuvo como condición previa la presentación del SII ante un juez para acceder a la información bancaria de un contribuyente, pero se acotan los plazos de respuesta. Asimismo, se definen causales más graves donde el contribuyente no podrá oponerse al levantamiento.

Mientras que respecto al denunciante anónimo, se mantuvo la recompensa -equivalente al 10% de la multa aplicada al contribuyente denunciado- pero se puso un límite inferior para su aplicación cuando el impuesto defraudado sea superior a $ 80 millones (100 UTA). También, se regularon de mejor manera las sanciones y las condiciones para perder la calidad de denunciante, como por ejemplo hacer publicidad de la acusación.

Otros artículos relevantes fruto del acuerdo en el Senado fueron el nuevo 92 ter, que establece nuevos controles del SII a operaciones de alto monto realizadas en efectivo. En específico, se propone que en las transacciones que oscilen entre 50 y 135 UF el pagador deba identificarse y utilizar medios legales que permitan una mayor trazabilidad. El cambio del límite de dichas transacciones será definido por Hacienda, previo informe favorable del Banco Central; normas para exigir el inicio de actividades para la entrega de créditos de parte de bancos a empresas y para comerciantes que utilicen terminales de pago (como POS), regulando también las situaciones excepcionales; el mayor control del servicio al uso de plataformas de intermediación de terceros para comercializar bienes sin cumplir sus obligaciones fiscales; y que el SII exija a vendedores habituales de bienes usados un certificado identificando al proveedor de dichos productos, con foco en combatir la informalidad y las mafias.

Todos estos cambios fueron visados por la Cámara en tercer trámite.

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