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Comisión de Hacienda aprueba desintegrar el sistema tributario, uno de los artículos claves de la reforma

Esto implica que la tributación de empresas y personas quedará completamente separada, ya no pudiendo acceder al crédito actual. Norma fue aprobada con votos de la oposición. Votación continúa durante la tarde.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Miércoles 30 de noviembre de 2022 a las 13:08 hrs.
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La subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, lideró la discusión.
La subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, lideró la discusión.

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El proyecto de reforma tributaria del gobierno dio un avance clave en la jornada de hoy en su primer trámite en el Congreso.

Esto luego de que la comisión de Hacienda de la Cámara aprobara uno de los artículos principales de la propuesta: la creación de un sistema dual de impuesto a la renta.

Se cayó un artículo del Ejecutivo que eliminaba una exención para las empresas que realicen operaciones de precios de transferencia.

¿Qué significa esto? Que el sistema tributario dejará de ser semi integrado entre el impuesto a las personas y a las empresas, como funciona hoy, pasando a ser desintegrado.

En la práctica, hoy un socio de una empresa puede descontar de su impuesto personal hasta un 65% de lo que ya tributó su compañía. Con la reforma, ese crédito tributario se elimina y el pago de impuestos se realiza por separado entre compañía y accionista.

El artículo aprobado norma este nuevo sistema, así como los nuevos registros empresariales para controlar el pago de impuestos. Fue visado por 8 votos a favor y 3 en contra, sorpresivamente contando con el apoyo de los RN Miguel Mellado y Frank Sauerbaum.

Este régimen aplica principalmente para grandes empresas, ya que las sociedades que facturen hasta 75 mil UF anuales de ventas en los últimos tres años tributarios promedio mantendrán un sistema 100% integrado como hoy. Eso significa lo contrario a la desintegración: que el socio puede descontar de su impuesto personal la totalidad de lo pagado por la empresa.

Durante la sesión, que estuvo liderada por la subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, y los co-coordinadores de Política Tributaria de la cartera, Diego Riquelme y Nicolás Bohme, se avanzó en la totalidad del comparado con cambios para combatir la elusión en impuesto a la renta.

Luego se entró de lleno al trámite del artículo que crea un impuesto de 2,5% a los impuestos diferidos de parte de las sociedades de inversión que perciban más de un 50% de sus ingresos a través de rentas pasivas. O sea, arriendos, dividendos e intereses, por ejemplo.

Este es uno de los artículos más polémicos de la reforma, debido a que la oposición critica que afectaría la inversión. La propuesta original de reforma contemplaba una tasa más baja, de 1,8%, pero con una base imponible más alta, ya que aplicaba para las utilidades retenidas pendientes de tributación. Luego de una mesa de trabajo con técnicos oficialistas y de oposición, el Ejecutivo accedió a modificar el gravamen.

Su votación se retomará desde las 3 de la tarde en la comisión. También, se espera que los diputados voten otros artículos que dan forma al nuevo sistema dual, como el impuesto de tasa plana de 22% que afecta a las rentas del capital.

Se cae un cambio en precios de transferencia

Al iniciar la sesión, los diputados por primera vez en el trámite rechazaron un artículo propuesto por el Ejecutivo. Se trata de la eliminación de una deducción de gasto que beneficia a las empresas que realicen operaciones de precios de transferencia con filiales fuera del país.

Hoy, si una empresa matriz sobreendeuda a una filial en el extranjero, tiene que pagar un impuesto con tasa de 35%, aplicable a ese gasto, como intereses, comisiones, remuneraciones, gastos financieros y cualquier otro recargo. La base imponible de ese tributo es la diferencia entre esa tasa de 35% y una de 4%.

Sin embargo, el 31% de diferencial entre ambos gravámenes puede ser deducible como gasto por parte de la matriz chilena. La reforma propone eliminar esa deducción, pero el artículo se rechazó al no alcanzar el quórum necesario.

Luego, la comisión visó la nueva definición de territorio o jurisdicción que tiene un régimen fiscal preferencial, estableciendo dos condiciones.

La primera es que no haya celebrado con Chile un convenio que permita el intercambio de información para fines tributarios o el celebrado no se encuentre vigente o, encontrándose vigente, contiene limitaciones que impide un intercambio efectivo de información; el segundo, que no reúna las condiciones para ser considerado cumplidor o sustancialmente cumplidor en materia de transparencia e intercambio de información con fines fiscales. Para estos efectos se estará a las calificaciones realizadas por el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Fiscales u otro organismo internacional que lo reemplace siempre que Chile sea un miembro permanente.

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