Presentan reforma que permite retiro del 10% de fondos previsionales para los jubilados con renta vitalicia
Según los diputados autores de la medida se busca equiparar “el derecho que han tenido las personas cuyos fondos son administrados por AFP”.
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Un grupo de diputados de oposición presentó un proyecto de reforma constitucional que permite el retiro de fondos previsionales contenidos en renta vitalicia para enfrentar los gastos derivados de la emergencia sanitaria y social del covid-19.
La normativa es patrocinada por los diputados Fernando Meza (PR), Tucapel Jiménez (PPD), Matías Walker (DC), Joanna Pérez (DC) y Camila Vallejo (PC), entre otros parlamentarios.
La idea matriz de la reforma, según sus autores, "es permitir que todas aquellas personas que mantienen sus fondos previsionales en Compañías de Seguros, habiendo optado por la modalidad de pago de éstos mediante renta vitalicia, puedan hacer retiro del 10% de sus fondos, equiparando el derecho que han tenido las personas cuyos fondos son administrados por AFP".
Explican que "aún cuando la mencionada reforma constitucional intentó ser una norma lo más amplia posible, considerando a todo el universo de afiliados al sistema de AFP, incluidos quienes ya se encuentra percibiendo una pensión a través de dicho sistema, dejó fuera a todas aquellas personas que optaron porque sus fondos previsionales fueran administrados por Compañías de Seguro mediante la modalidad de renta vitalicia".
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En su fundamentación señalan los parlamentarios que, según cifras de la misma Superintendencia de Pensiones, en la Ficha Estadística Previsional correspondiente al mes de julio de 2020, el total de pensiones pagadas por concepto de Renta Vitalicia es de 633.180 pensionados, por un monto promedio de $301.055. Eso, en comparación con el modo de Retiro Programado que alcanza las 767.433 de pensiones con un monto promedio de $160.144.
"Es decir, más de un 45% de chilenos pensionados, quedaron sin obtener el beneficio de retiro del 10% de los fondos previsionales", indican.
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Por lo mismo señalan que "lo anterior a nuestro entender se traduce en una discriminación arbitraria que como legisladores debemos subsanar, en virtud del principio de igualdad ante la ley establecido en nuestra Carta Fundamental".
A continuación el texto del proyecto
"Para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, autorizase a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, de 1980, que hayan optado por la modalidad de pensión mediante renta vitalicia, de forma voluntaria y por única vez, a retirar hasta el diez por ciento de los fondos acumulados en la Compañía de Seguros de que se trate y que opera como administradora de dichos fondos para todos los efectos legales.
Los montos mínimos y máximos de retiro; el procedimiento de solicitud y de pago; la exención de todo tipo de gravámenes e impuestos y en particular lo que dice relación con la retención del monto del retiro por concepto de deudas de pensiones alimenticias, se regirán de acuerdo a lo establecido en la disposición trigésima novena transitoria precedente, en cuanto no sea incompatible y por las demás normas legales pertinentes".