Suprema presiona al TDLC para acelerar su gestión y pide que "se respeten los términos establecidos para las causas"
En enero el Máximo Tribunal recibió un recurso de queja disciplinaria en contra de todos los ministros titulares, incluido el presidente Enrique Vergara. El problema es que el organismo antimonopolios se demora 350 días en tramitar los casos, mientras que el plazo legal son 75 días.
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En enero la Corte Suprema recibió un recurso de queja disciplinaria interpuesto por el abogado Matías Mori en contra de los cuatro ministros titulares del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), incluido el presidente -que dejó su cargo el 12 de mayo-, Enrique Vergara. ¿El problema? la lentitud en la tramitación de las causas y los análisis del organismo antimonopolios que superan los 350 días de revisión.
Este conflicto no es desconocido por los miembros del tribunal. Antes de partir, Vergara reconoció en su última cuenta pública que su sucesor deberá implementar una fórmula para acelerar los tiempos del TDLC. E incluso dejó a un grupo de asesores externos a cargo de entregar una hoja de ruta con los principales problemas por resolver y posibles salidas.
Pese a lo anterior, la Corte Suprema aceptó revisar el recurso que se envió, pero decidió no aplicar sanciones ni al presidente del TDLC ni a los miembros de su equipo porque “no revisten la entidad suficiente”.
No obstante, los siete integrantes de la Excelentísima insistieron en que “se recomienda a los señores Ministros y señoras Ministras del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que en lo sucesivo se respeten los términos establecidos para las causas en estado de estudio”, dado que durante su gestión se aumentó al doble los tiempos de análisis.
La demora
Los antecedentes que fundaron el recurso de queja disciplinaria se originaron en la causa que se tramitó en contra de Correos de Chile por abuso de posición dominante.
Allí, de acuerdo al documento que tuvo acceso Diario Financiero, Mori reveló que hay demoras injustificadas, infundadas y desproporcionadas en la dictación de las sentencias hechas por dicha magistratura. Y para demostrar su punto, elaboró una serie de gráficos con datos del TDLC sobre su gestión entre 2010 y 2021.
En particular, la tramitación de su causa entre la presentación de los alegatos y el análisis fueron 337 días, plazo que incluye prórrogas que exceden el tiempo establecido en la misma ley de libre competencia y en el Código Orgánico de Tribunales (COT).
La dictación de sentencia en el TDLC tienen un plazo máximo de 75 días.
Para introducir el problema, el denunciante dijo que este “incumplimiento de los deberes ministeriales (...) no es de ocurrencia excepcional en lo que se refiere al TDLC, sino que se trata más bien de una tendencia o patrón que, de sostenerse o agravarse en el tiempo, podría resultar en una amenaza seria al derecho al acceso a la justicia, o tutela judicial efectiva, de quienes concurren ante dicho tribunal”.
En el escrito se explicó que en un período de 12 años, los tiempos promedio transcurridos entre la vista y la dictación de la sentencia fueron de 140 días aproximadamente, es decir, 4,6 meses por cada sentencia. Sin embargo, al hacer un zoom en el último período, entre 2018 a 2021, hay un aumento del plazo de los análisis con una demora promedio de más de 210 días, que se traduce en 7 meses por cada sentencia.
“El TDLC no cumple con los plazos establecidos por el legislador para la dictación de la sentencia definitiva, excediendo por largo, y sin justificación legal, el cumplimiento de sus deberes ministeriales en cuanto a una pronta administración de justicia, y cumplimiento de plazos legales”, acusa la queja.
Para dimensionar el asunto, en el documento se compara los tiempos de tramitación de las demandas en el TDLC versus los recursos de reclamación procesados en la Suprema, en estos últimos cuatro años. Si bien, en 2018 el Tribunal se retrasaba un 10% más que la Corte, en 2021 la cifra se incrementó en un 217%, “sin que existan explicaciones para dicho aumento”, acusó el escrito.
A lo anterior, se suma la caída de fallos definitivos, las cuales bajaron desde 16 elaboradas en 2010 a 3 en 2021. “Este número de sentencias es excepcionalmente bajo cuando se le compara con el número de sentencias de otros tribunales pertenecientes al Poder Judicial”, puso énfasis la queja,
El abogado consejero de Dalgalarrando y Cía, Óscar Corvalán, concordó con el recurso de queja presentado, pero a su juicio el problema ha ido creciendo por el fuerte aumento en el número de causas que gestiona el TDLC.
"En 2015 ingresaron 20 causas, entre contenciosas, consultas, recomendaciones normativas e indemnizatorias, mientras en 2020 la cifra fue de 43. Una buena idea que circuló en el Tribunal fue crear dos salas para acelerar la resolución. Con ello tendrá que lidiar el nuevo Presidente", dijo el profesional.
Sin embargo, el escrito que interpuso Mori acusa de “falta de prolijidad” en la redacción de los fallos con uso de oraciones en inglés y la falta de nombre del ministro redactor de la sentencia.
Los ministros del TDLC se defendieron de la queja. Su principal argumento fue que la entidad “tiene ciertas particularidades que han hecho necesario una interpretación armónica de dichas normas con los procedimientos”, dado que mezcla la economía con el derecho y sus análisis interdisciplinarios.
Actualmente, el Tribunal está a la espera de que La Moneda designe al próximo presidente del organismo.