La disputa generada por el desperfecto del buque Saltoro de Maersk -el cual quedó varado en altamar, perjudicando a un centenar de productos de origen chileno- está lejos de cerrarse.
US$ 120 millones era el valor comercial de lo transportado por el buque.
Esta semana, el Juzgado Civil de Valparaíso resolvió suspender el procedimiento iniciado por la naviera para constituir un fondo de limitación de responsabilidad por unos US$ 16,3 millones, con el cual busca compensar a los exportadores afectados.
El conflicto se remonta al 27 de diciembre de 2024, cuando la embarcación zarpó desde el puerto de San Antonio rumbo a Nansha, China. Sin embargo, el 13 de enero sufrió una falla en su motor que la dejó a la deriva.
El buque debía arribar el 19 de enero, pero lo hizo recién el 17 de febrero, es decir, 52 días después del embarque. Este retraso comprometió la calidad de la carga, que incluía cerezas, arándanos, ciruelas, minerales y otros productos, cuyo valor comercial fue estimado en US$ 120 millones.
El 7 de marzo de 2025, Maersk presentó una solicitud ante el tribunal para establecer el fondo de limitación y distribuir compensaciones entre los afectados. Sin embargo, un grupo de exportadores impugnó la acción, cuestionando -entre otros puntos- la competencia de los tribunales chilenos para conocer el caso.
Los argumentos
Una de las oposiciones acogida por el tribunal fue la presentada por la Exportadora El Silo, representada por el estudio Legal Export. En el escrito, los abogados Rafael Durán y Víctor Vilches afirmaron que “el procedimiento de constitución del fondo adolece de la falta del Presupuesto Procesal esencial de la Jurisdicción, por lo que todo lo actuado es inexistente o nulo absolutamente”.
En términos simples, la defensa argumenta que el buque no tocó ningún puerto chileno, y que el incidente ocurrió en aguas internacionales, por lo que no correspondería que un tribunal local asumiera competencia.
Además, sostienen que el procedimiento podría llevarse a cabo en Londres -de acuerdo con lo establecido en los contratos de transporte- o en Hong Kong, que fue el primer puerto donde el buque arribó tras el desperfecto. En ambas jurisdicciones, señalan, el límite de responsabilidad es considerablemente más alto que en Chile, con fondos que superan los US$ 58 millones.
A ello se suma otro punto: los contratos firmados por los exportadores con Maersk incluyen cláusulas con límites de responsabilidad específicos, los cuales -según los abogados de El Silo- son superiores a los invocados por la naviera en su intento de constituir el fondo en Chile.
“Por aplicación del principio de especialidad y lo que disponen las mismas normas particulares, se aplica ese límite para el daño a la carga”, indicaron, subrayando que el retraso provocó la pérdida total de las cerezas ingresadas a Nansha.
“Al momento del incidente en altamar, el 13 de enero pasado, Maersk y los armadores y propietarios sabían que la fruta, las cerezas, perecen o tienen una vida útil de 30 a 40 días y que, de no entregarse en destino, se dañarían por completo. No analizaron ni informaron sobre ninguna posibilidad de evitar el daño a los exportadores, como la utilización de remolcadores ni otras gestiones. Su actuar fue temerario y con conocimiento del daño que se produciría”, agregaron los abogados.
Cabe precisar que el tribunal otorgó a Maersk un plazo de tres días hábiles para pronunciarse, el cual vence el lunes 21. Tras ello, el juzgado podría resolver directamente, solicitar nuevas pruebas o postergar la decisión.