Senado pide a Convención poder cumplir “íntegramente” su período y respetar “voluntad popular”
El documento enviado a la Convención también considera necesario establecer “plazos razonables y prudentes”, para que se dicte la normativa legal por parte de los poderes constituidos.
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El Senado envió a la comisión de Normas Transitorias de la Convención un documento con cinco puntos que señalan consideraciones “fundamentales de atender” para la implementación de la nueva Constitución, donde destaca la necesidad de que todos los senadores cumplan “íntegramente” con el periodo para el cual fueron electos.
El escrito de tres páginas firmado por el presidente del Senado, Álvaro Elizalde, señala que es necesario establecer “plazos razonables y prudentes” para que se dicte la normativa legal por parte de los poderes constituidos que mandate la nueva Constitución.
Continuidad del Senado
En el documento manifiestan que “resulta imprescindible que la Cámara de las Regiones sea la continuadora constitucional y legal del Senado de la República, lo que permitirá utilizar las actuales capacidades funcionarias y estructurales que hoy existen, permitiendo así también la continuidad en sus labores de los funcionarios y funcionarias de la corporación”.
Respecto a la duración de los mandatos populares, señalan que de los 50 Senadores y Senadoras en ejercicio de sus cargos, 23 se encuentran en la mitad de su mandato, y 27 han comenzado su labor el 11 de marzo del año en curso.
“Todos representan la voluntad popular expresada en las urnas y, conforme a lo que indica la tradición democrática de Chile, así como también las diferentes teorías que establecen la condición incuestionable de dicha voluntad popular, tales mandatos deben ser íntegramente respetados”, detalla el documento.
Desde el Senado resaltan que “este aspecto resulta fundamental para la fase transitoria de la eventual implementación del nuevo sistema, porque, el respeto de la voluntad popular, constituye la base de toda convivencia democrática”.
Implementación y vigencia
Sobre la regulación de implementación afirman que se debe considerar “el establecimiento de plazos razonables y prudentes”, para que se dicte la normativa legal por parte de los poderes constituidos, que permitirán adecuar y aplicar los capítulos de la nueva Constitución.
Respecto a la vigencia de los textos legales, sugieren mantener aquellas que regulen materias o instituciones que queden fuera del dominio legal, entre tanto no se encuentren completamente regulados e implementados en la normativa que se dicte en la nueva Constitución.
Finalmente indican que se debe considerar que funcionarios y funcionarias del Senado, y de la Cámara de Diputadas y Diputados, sean traspasados sin solución de continuidad a la Cámara de las Regiones y al Congreso de Diputadas y Diputados, respectivamente, sin afectación alguna a sus derechos funcionarios y laborales.
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