Bice y 4Life se suman a Penta en reclamo contra la CMF por retiro de rentas vitalicias
Las aseguradoras ligadas a la familia Matte y Del Río, respectivamente, apuntaron en contra de la Circular Nº 1.208 emitida por el regulador.
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Dos compañías de seguros locales se sumaron al camino tomado por Penta Vida en la justicia ante los retiros de rentas vitalicias. Bice Vida, ligada a la familia Matte, y 4Life, de la familia Del Río, ingresaron sus respectivos reclamos de ilegalidad en contra de la Circular Nº 1.208 emitida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la que regula el proceso de los anticipos.
Por el lado de Bice, se acusa que lo obrado por el organismo encabezado por Joaquín Cortez afecta el derecho de las compañías de seguros de vida.
"La actuación de la autoridad, objeto del presente reclamo, importa, en definitiva, una grave desnaturalización del contrato de renta vitalicia en perjuicio de esta, quien además de verse enfrentada a pagos anticipados no convenidos y contrarios a la esencia de la renta vitalicia, deberá desmantelar parcialmente la estructura de inversiones desarrollada hasta la fecha y que se sujeta a las normas legales aplicables y, aunque parezca extraño, a las instrucciones de la propia autoridad sectorial", dice el escrito.
Agregan que el "adelanto" no es parte de los contratos de renta vitalicia y que con esa figura se daña el patrimonio de las aseguradoras.
"El Oficio Circular objeto de la presente reclamación, en definitiva, viene a materializar, en los hechos, el desconocimiento, modificación y/o infracción del estatuto jurídico consagrado por miles de contratos de renta vitalicia legítimamente suscritos por mi representada, cuyo debido cumplimiento esta parte jamás ha desconocido", apunta.
La acusación de 4Life
Al igual que lo hizo Penta Vida, la firma gerenciada por Mauricio Balbontín apuntó contra la decisión del regulador de no llevar a cabo una consulta pública antes de emitir la normativa.
"El dictar el Oficio Reclamado, que corresponde normativamente a un oficio circular, la CMF no dio cumplimiento a la obligación legal de efectuar su consulta pública, dando a conocer el proyecto de norma previo a su dictación, publicándola en la página web de la CMF y disponiendo los mecanismos que aseguren a los interesados formular sus observaciones, como se lo ordena imperativamente el precepto legal infringido", aseguran.
"De haberse cumplido con la consulta pública, la CMF habría estado - obviamente- en condiciones de corregir o enmendar tales infracciones y errores, evitando, morigerando o paliando el daño producido al patrimonio de la Compañía", agrega.