Las deudas con el fondo de LarrainVial que provocaron la suspensión de Factop
Presentó una liquidación forzosa en contra de la intermediaria por una deuda de un pagaré de UF 59.320,20.
- T+
- T-
Uno de los actores afectados por la situación financiera de Factop, el factoring de los hermanos Daniel y Ariel Sauer, es LarrainVial y su fondo "Facturas".
Este jueves, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) suspendió las actividades de Factop Corredores de Bolsa de Productos porque la intermediaria no reconoció un pasivo relevante de su patrimonio.
Dicho pasivo corresponde a una deuda que mantiene a través de un pagaré con el Fondo de Inversión Larraín Vial Facturas.
De acuerdo a la Resolución Exenta Nº 5783, en el marco de las actividades de supervisión continua de la Comisión, se solicitó a Factop Corredores de Bolsa de Productos que remitiera los contratos y documentación asociada a las operaciones con facturas en la plataforma denominada “Puerto X”.
La corredora le proporcionó al equipo de supervisión de la CMF, entre otros documentos, un pagaré suscrito el 23 de agosto de 2022 en favor del Fondo de Inversión Larraín Vial Facturas por un monto de UF 59.320,20.
"Al respecto, se ha constatado que dicho compromiso no fue informado en los estados financieros referidos al 31 de diciembre de 2022, 31 de marzo de 2023 y 30 de junio de 2023, remitidos por esa corredora a este servicio", sostiene la CMF.
El 18 de julio, la Comisión emitió el Oficio N°63.261, en el que se instruyó a Factop que indicara en el detalle de la operación y documentación que dio origen a la firma del mencionado pagaré, indicando las condiciones bajo las cuales sería exigible su cobro; si alguna de éstas condiciones se habría cumplido; si ha tenido requerimientos para el cobro del compromiso; y la existencia de otros contratos o documentos suscritos por la corredora que le generen potenciales obligaciones presentes o futuras.
Error de forma
El 28 de julio, la corredora de Factop dio respuesta al oficio, señalando que el pagaré en cuestión: “adolece de un error manifiesto de forma, por cuanto, los firmantes y la comparecencia y autorización realizada por el ministro de fe corresponden a una operación que corresponde a Factop SpA”, agregando que producto de lo anterior, el pagaré "no ha sido y no puede ser considerado por Factop CBP S.A. como un compromiso financiero y en consecuencia no tiene ningún efecto en los estados financieros que la empresa ha presentado ante la CMF”.
Pero para la CMF, dado que los firmantes del pagaré correspondían a representantes y directores de la corredora, "no se aportaron elementos suficientes para desacreditar lo observado en el oficio N°63.261, ni tampoco el hecho de la suscripción de un pagaré por apoderados de la corredora, constituyendo en definitiva un pasivo muy superior a su patrimonio que debió haber sido considerado en los estados financieros del intermediario".
Finalmente, según la CMF, sus funcionarios revisaron la página web del Poder Judicial, y tomaron conocimiento de una demanda de liquidación forzosa interpuesta por el Fondo de Inversión Larraín Vial Facturas en contra de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A., por deuda con el Fondo de Inversión ascendente a UF 59.320,20, la que consta en el pagaré antes mencionado.
"Aquello, tampoco fue informado en la nota de contingencias de los estados financieros conforme a lo requerido por la Circular N°1.995 de 2010", precisó la CMF.