Presidente de la CMF sobre reprogramaciones de créditos : “Períodos de gracia prolongados generan un impacto sobre la liquidez significativo”
El presidente de la comisión, Joaquín Cortez, indicó que al 2 de mayo se han producido cerca de 1.200.000 créditos reprogramados por la banca.
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En medio de la discusión en la Cámara de Diputados sobre el proyecto de ley que permite suspender el cobro de cuotas de créditos de diverso tipo en razón de la emergencia sanitaria, el presidente de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Joaquín Cortez, expresó su preocupación respecto a la solvencia y estabilidad financiera que podría generar este proyecto en los bancos.
En este contexto, Cortez aseguró que, en cuanto a la liquidez, “períodos de gracia prolongados, aún cuando se devenguen intereses, generan un impacto sobre la liquidez significativo. La entidad tiene que seguir pagando a todos sus depositantes y acreedores sin recibir ingresos por los clientes acogidos a este beneficio”.
En tanto, agregó que los bancos han estado implementando medidas de alivio a sus deudores, e indicó que al 2 de mayo se han producido cerca de 1.200.000 créditos reprogramados por la banca. En cuanto a montos, corresponde a una cifra superior a los US$ 36 mil millones.
“Se han reprogramado casi el 34% del stock de créditos hipotecarios, el 30% del stock de créditos comerciales. En el fondo, lo que estoy diciendo es que un gran porcentaje de los créditos de la banca ya han sido reprogramados”, aseguró.
Tramos objetivos
Respecto a las personas que podrían acceder a este beneficio, Cortez aseguró que “las indicaciones que estamos comentando ahora acotan la postergación de las cuotas a un universo más restringido, por lo cual se requiere aún mayor precisión y afinamiento de los números para estimar el impacto”.
En este sentido, el directivo recalcó que las indicaciones sustitutivas se focalizan en el 40% de menores ingresos en el registro social de hogares, a los beneficiarios del ingreso familiar de emergencia acogidos al seguro de desempleo, a los trabajadores independientes con disminución de sus ingresos anuales superiores al 80% y a las pymes con ventas anuales que no excedan de 75.000 UF.