Industria

¿Gavriel Voric o Sevastian Piñera? La disputa que abrió el registro de la marca Listailor

El Inapi dijo que la marca no es exactamente el seudónimo invocado por la empresa Elizabeth Taylor Cosmetics.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Lunes 6 de mayo de 2024 a las 04:00 hrs.
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Una nueva disputa marcaria se desató luego que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) aceptara el registro de la marca Listailor a nombre de Christian Haeberle, para servicios de distribución y preparación de alimentos.

Entre los fundamentos para aceptar el registro, el Inapi dijo que la marca pedida no corresponde exactamente al seudónimo invocado por la empresa Elizabeth Taylor Cosmetics en su oposición.

“No se dan los presupuestos invocados por el oponente que permitan configurar en la especie la causal de irregistrabilidad alegada”, dijo el instituto.

Frente a esta resolución, los abogados de la empresa apelaron ante el Tribunal de Propiedad Industrial -a mediados de abril pasado- para intentar revertir la resolución de primera instancia

“Liz Taylor corresponde al seudónimo de la actriz Elizabeth Taylor”, dijo la defensa de la compañía, que representa los intereses de la actriz fallecida en 2011 en Estados Unidos.

“Claramente este raciocinio (del Inapi) no da cumplimiento a la ley, ni espíritu de la norma. Pretende decirnos el sentenciador que el cambio de letras equivalentes, salva la prohibición. ¿No se percata que las letras Y e I se leen y pronuncian de manera idéntica? Es decir, si un tercero pide como marca Gavriel Voric, ¿ella sería concedida?. ¿O Sevastian Piñera?”, dijo la empresa.

“Claramente los antecedentes no fueron analizados conforme a su mérito, menos conforme a la prueba rendida”, añadió la compañía extranjera, que en definitiva pidió al tribunal que rechace la solicitud de registro marcario.

A su juicio, Listailor se presta para inducir a error o engaño respecto de la procedencia o cualidad de los servicios ofrecidos, debido a su similitud con las marcas Elizabeth Taylor.

“De esta manera, atendido a que la marca pedida corresponde a un seudónimo, es también evidente que el público consumidor confundirá la procedencia de los servicios ofrecidos, asumiendo legítimamente que estos son prestados por mi mandante, en especial debido a su coincidencia y estrecha relación”, dijo al tribunal el abogado de la empresa estadounidense, Rodrigo Cooper, de Cooper y Cía. Abogados.

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