Si bien ya es un hecho que La Polar como tal dejará de existir, ya que tras la fusión con AD Retail -matriz de las tiendas Abcdin- la nueva compañía pasará a llamarse abc, aún quedan algunos flancos por cerrar relacionados a los conflictos judiciales que enfrentó el retailer en los últimos años.
Uno de ellos es la demanda colectiva que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó al 30° Juzgado Civil luego de que una serie de marcas -como Adidas, Under Armour y Levi’s- acusaran a la firma de haber comercializado productos falsificados.
En el acuerdo de Aduanas, La Polar y firmas de ropa se convino la destrucción de las prendas que el Sernac califica como no originales o falsificadas. Se trata de 8.280 polerones Tommy Hilfiger y 10.440 pantalones jeans de mezclilla Wrangler.
La Polar ya logró acuerdos con las marcas que se habían querellado en su contra, pero el Sernac sigue en su cruzada en búsqueda de multas para la empresa. En ese contexto, este 10 de octubre, el servicio pidió una medida precautoria de retención de bienes, particularmente, prendas de vestir que fueron importadas a Chile por La Polar y que, al día de hoy, se encuentran retenidas en Aduanas.
20 polerones y 20 pantalones
En su solicitud, el Sernac dio a conocer que se enteró de que el Servicio Nacional de Aduanas había alcanzado un acuerdo reparatorio con la compañía ligada al empresario Leonidas Vial y con las empresas titulares de los derechos marcarios de las prendas presuntamente falsificadas. En dicho acuerdo, agregó, “se convino la destrucción de las prendas que el Sernac califica como no originales o falsificadas, de las marcas Tommy Hilfiger y Wrangler y que han producido la afectación de colectiva de consumo que origina estos autos”.
Se trata de 8.280 polerones Tommy Hilfiger y 10.440 pantalones jeans de mezclilla Wrangler. El servicio pidió decretar la medida precautoria respecto de una muestra de 100 unidades de cada uno de estos productos, aludiendo a que son una “evidencia fundamental y necesaria para esclarecer los hechos que se ventilan en la presente causa”.
El 24 de octubre, el tribunal acogió parcialmente la medida y ordenó la retención de 20 unidades de cada uno de los productos. El Sernac deberá indicar a un tercero como depositario provisional y asumir los costos de ejecución de la medida precautoria.
La Polar: Las prendas “ni siquiera llegaron a estar en las vitrinas”
Previo a la resolución del juzgado, la defensa de La Polar solicitó desestimar la petición del Sernac, argumentando que se basaba en hechos que “no habían que no habían sido adecuadamente verificados no acreditados en el proceso”.
Los abogados Jaime de la Hoz y Gonzalo Bravo plantearon que el Sernac fundó su solicitud en la necesidad de revisar evidencia de supuestos incumplimientos contractuales y de la Ley del Consumidor. Eso “plantea una pregunta natural: ¿cómo es posible que algo que no se vendió pueda ser prueba de un incumplimiento en la venta? Retener estas prendas es, por lo tanto, innecesario y, podríamos decir, un tanto desproporcionado, ya que no constituyen el objeto del litigio”, se lee en el escrito del retailer.
Así, la ausencia de comercialización fue central en la respuesta de La Polar: “Sería interesante escuchar cómo el Sernac pretende alegar que los consumidores resultaron afectados. Es un tanto difícil que alguien se sienta perjudicado por algo que nunca tuvo la oportunidad de comprar (...) Dado que ni siquiera llegaron a estar en las vitrinas, mucho menos pueden estar relacionadas con los supuestos incumplimientos”.