SMA formula cargos contra Codelco por incumplimientos en sus operaciones de Ventanas
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) detectó 13 incumplimientos ambientales en las instalaciones ubicadas en la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso.
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informó esta tarde que formuló cargos en contra de Codelco por un total de 13 infracciones ambientales en Fundición y Refinería Ventanas, ubicada en la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso.
Algunos de los incumplimientos a las normativas están asociados a la no conversión a gas natural en algunos de los procesos y equipos comprometidos; el no contar con sistema de captación, lavado y extracción de gases de neblina ácida en la planta de tratamiento del electrolito; la no ejecución del procedimiento de rescate de fauna silvestre, así como la generación de laminilla de plomo y la producción de cobre electrolítico por sobre lo evaluado ambientalmente.
Adicionalmente, el ente regulador le imputa a la empresa el no acreditar la certificación del laboratorio que realizó los muestreos de emisiones de azufre requeridos en el marco del Plan de Descontaminación del Complejo Industrial Ventanas, así como la realización de muestreos asociados al Plan de Vigilancia Ambiental en la Bahía de Quintero por una entidad sin acreditación vigente para esos efectos.
"La SMA desarrolla su labor fiscalizadora aplicando los mismos criterios tanto para el sector privado como en el público. En este caso realizamos fiscalizaciones programadas y se incluyeron también denuncias asociadas, pues los vecinos de Puchuncaví han hecho llegar diversas denuncias a nuestra institución. No obstante, quisiera recalcar que la SMA no tiene competencias sobre todo el complejo industrial, sino sólo sobre las partes evaluadas ambientalmente, y que abarcan sólo algunas áreas del recinto", dijo el superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz.
Cabe recordar, que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, la empresa podrá optar a presentar un Programa de Cumplimiento dentro de 10 días hábiles de plazo desde la notificación de este acto. En caso que opte por no acogerse a dicho mecanismo, cuenta con un plazo de 15 días para formular descargos ante este regulador.