SMA dicta medidas para manejar riesgo ambiental de socavón en minera Ojos del Salado
Las indicaciones deberán ejecutarse dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución, el viernes 12 de agosto.
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Este martes la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó Medidas Urgentes y Transitorias (MUT) contra Minera Ojos del Salado, tras el evento de subsidencia —conocido como “socavón”— en el proyecto “Continuidad Operacional Mina Alcaparrosa”, ubicado en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Región de Atacama.
El proyecto cuenta con ocho Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) que regulan su actividad. Y tras una serie de visitas inspectivas a la zona, se detectó que la empresa estaría realizando una sobreextracción de material, lo cual podría haber provocado "un aumento de aguas afloradas que no han sido controladas adecuadamente", según constató la SMA.
En este sentido, y considerando la relevancia de los hechos presenciados, la entidad dictó una lista de medidas complementarias a las acciones que ha tomado el Sernageomin y el Ministerio de Minería, que buscan "manejar el riesgo ambiental asociado a la aparición del socavón”, explicó el superintendente (S) del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra.
La acción consta de seis MUT, las cuales deberán ejecutarse dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución el viernes 12 de agosto.
Entre las principales indicaciones destaca realizar un estudio de estabilidad del suelo en el área de influencia directa del evento de subsidencia considerando un radio de 500 a 800 metros, debiendo fundamentar mediante un estudio geofísico u otro, la existencia o no de riesgo para los elementos naturales y construidos en la zona.
A esto se suma la entrega de un estudio técnico mediante el cual el titular deberá comprobar si los volúmenes de agua alumbrada extraída históricamente por Mina Ojos del Salado han generado o no un detrimento del acuífero de aluvial del Río Copiapó u otro acuífero presente en el área (ver modelo hidrogeológico presentado en el EIA de 1999).
Adicionalmente, el estudio deberá demostrar si dicha extracción fue o no uno de los factores de origen del fenómeno de subsidencia ocurrido el 30 de julio de 2022, así como también determinar si es o no un factor de riesgo ante eventuales futuros fenómenos de subsidencia dentro del área influencia directa de la faena minera.
A esto se suma la realización de un monitoreo de la cota del nivel freático diario de los pozos HA-02, y pozos 8 al pozo 16. Para el pozo HA-01 la frecuencia de monitoreo deberá ser horaria. Y los resultados deberán ser informados en planilla Excel editable, siguiendo el formato establecido en la RE SMA N°894/2019, que “Dicta Instrucciones para la Elaboración y Remisión de Informes de Seguimiento Ambiental del Componente Ambiental Agua”.
Otra de las medidas consiste en entregar un análisis hidro-geoquímicos de compuestos principales y elementos trazas de las aguas subterráneas alumbradas en el sector del caserón Gaby.
Esto, además de un estudio técnico que tenga los siguientes dos objetivos: i) evaluar la efectividad del sistema de drenaje subterráneo instalado en la actualidad y ii) proponga alternativas de mejoras de funcionamiento dado el escenario generado a partir del incidente, las que deberán ceñirse a la normativa sectorial correspondiente.
Y finalmente, se deberá ealizar un estudio de biodiversidad del Sitio Prioritario Río Copiapó, considerando al menos el área de influencia de componente hidrología señalado en EIA proyecto “Continuidad Operacional Mina Alcaparrosa”.