Industria

Disputa de Jack Mosa con el grupo Jano vuelve a la Corte Suprema: en juego hay US$ 33 millones

Tras un primer juicio por competencia desleal, ahora las partes están enfrentadas por una millonaria solicitud de indemnización.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Domingo 4 de agosto de 2024 a las 19:50 hrs.
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Un nuevo capítulo sumó la historia de conflictos entre dos primos, y nuevamente la última palabra la tendrá la Corte Suprema.

Ya en 2021, el máximo tribunal del país ratificó que el grupo Jano -liderado por Jean Jano Kourou- cometió actos de competencia desleal, a través de acciones administrativas y judiciales, que habrían retrasado en al menos dos años la entrada en operaciones del Mall Paseo Valdivia, proyecto del Grupo Pasmar, propiedad de Jack Mosa.

Con este fallo bajo el brazo, los abogados de Mosa presentaron una demanda de indemnización de perjuicios ante el 1° Juzgado Civil de Valdivia en contra de Jano en 2022. Pidieron tres partidas principales de daños: los cánones de arriendo que se dejaron de percibir como consecuencia de que la construcción y apertura del Mall Paseo Valdivia se retardó; los sobrecostos en la construcción, a consecuencia de tener que construir el mall en una fecha posterior; y los honorarios legales en la defensa de todas las acciones ejercidas abusivamente. En total, UF 826.628, unos US$ 33 millones actuales.

El juzgado, en primera instancia, acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios, fijando un desembolso de UF 6.530 por concepto de honorarios de abogados. Ambas partes recurrieron a la Corte de Apelaciones, que -el pasado 9 de julio- confirmó la aludida sentencia, pero fijó un pago de UF 4.217.

A fines de julio, el grupo Pasmar llegó hasta la Corte Suprema para intentar revertir el fallo del tribunal de alzada: el conglomerado solicitó al máximo tribunal acoger la demanda de indemnización de perjuicios por actos de competencia desleal.

“La sentencia de la Corte Suprema y el juicio de competencia desleal dejaron asentado como un hecho establecido la existencia de perjuicios, siendo el juicio de daños posterior el encargado de cuantificarlos en su especie y monto”, dijo el grupo en su presentación.

Luego, apuntó a un “error inexplicable” en el fallo de la Corte de Apelaciones. “Tanto el daño reclamado por concepto de lucro cesante, como aquel que forma parte del daño emergente sufrido por mis representadas, emana precisamente de los hechos establecidos en el juicio de competencia desleal y de la sentencia de la Corte Suprema: las conductas de los demandados tuvieron un impacto efectivo y concreto en el desarrollo del proyecto”.

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