La Fiscalía Nacional Económica (FNE) envió una recomendación normativa al Ministerio de Energía con una serie de medidas que permiten a los clientes sujetos a tarifa eléctrica regulada migrar al régimen libre. Esto, frente a la rebaja del límite de potencia conectada de 500 kW a 300 kW, informada favorablemente por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en noviembre de 2024, la que se selló en la publicación de un decreto en el Diario Oficial.
Según explicó la Fiscalía, su propuesta busca garantizar a los usuarios finales un acceso adecuado a información útil en el contexto de la rebaja del umbral mínimo de potencia, a fin de que esta medida genere en el mercado los efectos positivos esperados sobre la competencia.
La FNE sostuvo que, de acuerdo a la investigación efectuada por el organismo, los clientes que pueden optar al régimen libre suelen enfrentarse a la complejidad de calcular el costo total del suministro en dicho escenario y, en la mayoría de los casos, desconocen la obligación de permanecer en el régimen libre por al menos cuatro años.
En esa línea, se indica que esta situación no sólo podría incidir en la adopción de decisiones ineficientes ante la rebaja del umbral mínimo de potencia, sino que también podría tener la capacidad de reducir la intensidad competitiva en este grupo de usuarios finales.
Por esto, la FNE propuso al Ministerio de Energía cuatro medidas, que apuntan a mejorar el proceso de toma de decisiones de los clientes que opten por el régimen libre.
Primero, instruir a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la publicación de nuevos indicadores de precios medios de energía que consideren factores relevantes para la evaluación de sus opciones tarifarias.
En segundo lugar, establecer deberes de información a los suministradores y/o mecanismos de difusión por parte de las autoridades sectoriales respecto de los costos adicionales al precio de la energía que deberán asumir quienes opten por el régimen libre, así como las obligaciones relacionadas con la operación coordinada del sistema eléctrico nacional y, especialmente, las condiciones de suspensión del suministro y término de contratos.
Se suma solicitar al Coordinador Eléctrico Nacional (CEN), organismo que supervisa la operación del sistema eléctrico, colaboración para publicar información simplificada sobre los costos sistémicos; y solicitar al CEN colaboración para perfeccionar y/o ampliar el registro público de clientes con potencia conectada entre 300 kW y 5.000 kW, con la información necesaria que permita a los suministradores presentar ofertas de tarifas.
Las recomendaciones efectuadas por la FNE se amparan en el artículo 39 letra q) del Decreto Ley 211, que faculta a la Fiscalía a proponer al Presidente de la República, a través del Ministerio competente, modificaciones legales o reglamentarias para fomentar la competencia o regular actividades económicas que se desarrollen en condiciones no competitivas.