Construcción

Las reclamaciones por declaración de humedales urbanos que se tramitan en los tribunales ambientales

La mayoría de los reclamantes pide que se declare ilegal el reconocimiento de estas superficies a causa del conflicto que existe entre esta acción y la afectación al derecho de propiedad.

Por: Claudia Saravia | Publicado: Martes 7 de junio de 2022 a las 12:19 hrs.
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Desde la promulgación de la Ley 21.202 referida a la protección de Humedales Urbanos, en enero de 2020, han sido en su mayoría las inmobiliarias las principales impactadas por dichas declaraciones. Y a casi dos años y medio de la entrada en vigencia de la ley -según el Inventario Nacional de Humedales Urbanos del Ministerio de Medio Ambiente (MMA)- ya son 80 las superficies reconocidas a lo largo de todo Chile

Para los tribunales a cargo de esta materia, dicho asunto es relativamente nuevo, pues recién en enero de este año el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) hizo público un instructivo que establece las ocasiones en las que los proyectos deben someterse a evaluación. Y según lo que indica la normativa vigente en cuanto a humedales urbanos, hay ciertos puntos que aún no han sido resueltos, como el detalle de la ubicación y distancia con la que deben contar los proyectos para no ser considerados una amenaza para estas áreas, generando incertidumbre para las empresas. 

Es en este contexto que distintas inmobiliarias y particulares de las zonas Centro - Sur han acudido a la justicia reclamando, principalmente, la ilegalidad de la declaratoria de humedales urbanos a causa del perjuicio que significa esta acción para los proyectos. Hasta la fecha, entre los tres tribunales ambientales suman 46 causas

Y, según los expedientes publicados, la mayoría de los reclamantes pide que se declare ilegal el reconocimiento de estas superficies a causa del conflicto que existe entre esta acción y la afectación al derecho de propiedad del perjudicado/a.  

Derecho de propiedad

En el caso del Segundo Tribunal Ambiental -que cuenta con competencia territorial en las regiones de Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O’Higgins y Maule-, destacan casos (15) como el que involucra a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE), que a fines del año pasado acudió a la justicia en contra del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) e interpuso un recurso de reclamación de ilegalidad tras la declaración del Humedal Urbano Estero Quilpué, en la Región de Valparaíso. Lo anterior, debido al desconocimiento que esta acción habría provocado a "la existencia de la vía férrea en el área del humedal" y, por tanto, "al derecho de propiedad del que goza EFE respecto de la infraestructura ferroviaria superpuesta" a esta área, según dijo la empresa en aquella instancia.

A esta causa se suma la pugna entre el MMA y el ingeniero civil industrial Víctor Celis Lister, quien a fines de septiembre de 2021 presentó un recurso de reclamación a causa de la protección otorgada al Humedal Reserva Natural Municipal Piedras Blancas, ubicado en la comuna de Limache. De acuerdo al texto presentado por Celis, el reconocimiento de esta superficie "afectan las facultades de uso y goce" que el reclamante tiene sobre su predio destinado a actividades agrícolas y ganaderas, el Fundo Limachito, sobre el cual se han reconocido 24 hectáreas ahora restringidas. 

En aquella instancia, el ingeniero indicó que pese a reportar a las autoridades respecto de "varias falencias de fondo que dan cuenta que no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley, y que la información que la sustenta es insuficiente e infundada", estas observaciones "no fueron respondidas ni consideradas por parte del Ministerio de Medio Ambiente". 

Y a estos casos también se suma aquel que involucra al Humedal Urbano Quilicura, en la Región Metropolitana, que cuenta con al menos tres actores que han debido acudir a la justicia en busca de una solución al perjuicio causado: Inversiones Butamalal S.A., Inmobiliaria Los Silos III, y Eduardo Oyarzun Iracheta. 

En términos generales, los reclamantes -propietarios de terrenos en los que se ubica el humedal- alegan que la declaratoria no había dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.202, pues habría incluido terrenos que no cumplen los criterios establecidos en la normativa, y que la resolución de la autoridad ambiental "carecería de motivación". Y es en esta línea que solicitan al tribunal que ordene al MMA redefinir el polígono del humedal bajo criterios adecuados.

Inversiones Butamalal señala, por su parte, que "la zona afecta a humedal correspondería a 40,53 hectáreas y no a las 169,17, que define la resolución impugnada”. La Inmobiliaria Los Silos III S.A. argumenta que el inmueble de su propiedad no se encuentra afecto al reconocimiento de Humedal Urbano establecido. Y Eduardo Oyarzún busca excluir "de la declaración de humedal urbano los terrenos al interior del Fundo María Esperanza que no cumplen con los requisitos o criterios establecidos en el artículo 8° del Reglamento de la Ley N°21.202". 

Fallas en el sustento técnico

En lo que respecta a la Zona Sur del país, la mayoría de las reclamaciones pertenecen a la región de Los Lagos, y se debe a que el mayor número de estas proviene de la iniciativa de las municipalidades.

De acuerdo a los datos del Tercer Tribunal Ambiental, algunas de las últimas causas (31) que por estos días han efectuado audiencias, figura la pugna entre la Inmobiliaria Teja Sur Limitada y el Ministerio del Medio Ambiente. Esto, a raíz de la declaración del humedal urbano Sistema de Humedales Urbanos sector Isla Teja que contiene el reconocimiento del Humedal Los Pelúes

Según la empresa, "los dos polígonos que conforman" dicha superficie protegida "no corresponden a humedales conforme lo dispone la normativa vigente, por lo que carecen de sustento técnico, y presentan errores evidentes en su identificación, dado que se encuentran desplazados algunos metros hacia el poniente", argumentan. Y piden al tribunal echar abajo dicha resolución. 

Por otro lado, destacan los alegatos de Inmobiliaria e Inversiones Puerto Octay S.A., que pide se deje sin efecto la resolución del Ministerio del Medio Ambiente, que reconoce el humedal urbano “Quebrada Gramado”. En este caso, la firma alega que  la declaratoria se habría basado en "la revisión de imágenes tanto satelitales como obtenidas por un dron en terreno, por lo que el análisis de éstas sería insuficiente a efectos de una adecuada caracterización del sector", según explican. 

Y a esto se suma la causa ingresada por la empresa Inversiones F.K Limitada, en contra de la cartera de la ministra Maisa Rojas, que protegió un sector que denomina Humedal La Marina -con una superficie aproximada de 2,3 hectáreas- ubicado en la comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos.

La empresa, dueña de un predio cercano al humedal, sostuvo que en el procedimiento administrativo se habrían cometido una serie de ilegalidades y que la declaración del citado humedal no estaba debidamente respaldada, pues se habría basado en información incompleta, errónea, y metodológicamente débil. 

Y es precisamente este último caso el único que ha obtenido una sentencia definitiva. El 31 de marzo de 2022 el Tercer Tribunal Ambiental se pronunció al respecto y rechazó los argumentos expuestos por Inversiones F.K Limitada, y con ello la reclamación interpuesta.

Capacitaciones y visitas a terreno

De acuerdo a Alejandro Ruiz, ministro presidente del Segundo Tribunal Ambiental, debido a los numerosos reclamos de ilegalidad contra las declaratorias de humedales urbanos, dichas instancias judiciales han debido prepararse y tomar precauciones para abordar estas acciones que aparecieron con fuerza recién desde 2021 en adelante. 

En este sentido, Ruiz sostiene que durante el período previo a conocer de estos casos, en el Tercer Tribunal realizaron "capacitaciones en los estamentos de ministros, abogados y científicos para abordarlos debidamente". Y agrega que "se trata de una temática nueva y la hemos querido abordar sistémica y orgánicamente, de manera de tomar decisiones coherentes y de ir estableciendo lineamientos".

Asimismo, el ministro comenta que en vista del análisis de los casos presentados, verán si efectivamente "la Administración cumplió con dichos estándares (de sustentabilidad)".

"Las declaraciones de humedales tienen un período en que las personas pueden aportar antecedentes para una mejor definición, y estos deben ser considerados por el Ministerio del Medio Ambiente. Verificaremos también si ello ocurrió", dice.

Y añade que "en los próximos días estaremos realizando inspecciones personales a los humedales en cuestión, esto es visitas a terreno, de manera de tomar nuestras decisiones considerando tanto lo aportado por las partes como lo obtenido por el propio Tribunal”.

 

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