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Defensa de Motta solicita al TC suspensión de procedimiento en la SVS

Acusa ilegalidad en la apertura del término probatorio de 30 días habiles por parte del regulador el pasado 13 de junio.

Por: | Publicado: Lunes 7 de julio de 2014 a las 05:00 hrs.
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El pasado viernes Aldo Motta Camp ingresó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), respecto del proceso probatorio en el marco de la investigación administrativa llevado a cabo por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por el caso Cascadas.

La defensa de Motta presentó este recurso aludiendo la ley 19.880, sobre las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración Estado, en aquella parte que dispone “cuando la Administración no le consten los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del proceso lo exija”.

Por esto, solicita que se acoja el recurso, declarando la “ilegalidad de dicho acto administrativo ordenando que el mismo se deje sin efecto a fin de que la SVS de estricto cumplimiento a la ley”, refiriéndose al oficio reservado Nº 493, emitido el pasado 13 de junio. Junto con esto pide al TC decretar una orden de no innovar (ONI) “mientras se encuentre pendiente la resolución de la presente reclamación de ilegalidad, porque el oficio obliga a intervenir en un término de prueba sin que el persecutor haya fijado los hechos que no le constan, que debo probar, que haya determinado los puntos sobre los cuales debe rendirse prueba”.

Argumentos


Motta argumenta que la resolución administrativa que determinó abrir un término probatorio de 30 días hábiles sería ilegal por cuanto “apertura un término probatorio sin fijar los hechos que no le constan, puesto que no fija los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos sobre los cuales los formulados de cargo deberán rendir sus probanzas y, por contrario, invierte el onus probandi trasladando a los imputados a la carga de la prueba de hechos negativos”.

Adicionalmente, indica que “apertura un término encontrándose suspendidos los procedimientos administrativos producto de una orden de no innovar” y “establece diferencias arbitrarias entre los interesados en el procedimiento administrativo, lo que infringe la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho a defensa”.

CDE responde


En tanto, la semana pasada el Consejo de Defensa del Estado (CDE), solicitó a la Corte de Apelaciones dejar sin efecto la ONI ordenada el pasado 30 de junio en el proceso de Aldo Motta.

El organismo postula que “no subsiste el fundamento que sustente el recurso de marras ni la situación que alega el recurrente como ilegal”, porque la SVS goza de poder discrecional en las actuaciones en que la ley deja un margen a la administración para definir una serie de aspectos no reglados.

El CDE agregó que “no concurre porque el procedimiento no está suspendido. Y puntualizó que la solicitud de Motta no cumple con los presupuestos de fondo para decretar la ONI.

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