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Las funciones y beneficios de crear “fedatarios”que competirán con los notarios

Los fedatarios, que establece el proyecto del gobierno, podrán ejercer las funciones notariales de certificación y autorización de firmas.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Viernes 14 de septiembre de 2018 a las 11:54 hrs.
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El proyecto de ley del gobierno que modifica el sistema registral y notarial, establece entre sus objetivos centrales "generar un mercado más competitivo", señala el mensaje del texto enviado por el Ejecutivo y para ello la norma contempla aumentar la oferta a través de la creación de los denominados "fedatarios".

El proyecto define a los fedatarios como ministros de fe con presencia y competencia en todo el país, facultados para realizar ciertas funciones notariales. Serán fedatarios los oficiales del Servicio del Registro Civil y Secretarios de Juzgado de Policía local que se designen, y cualquier abogado con cinco años de experiencia laboral que haya aprobado el examen de conocimientos y disponga de un domicilio dentro de la jurisdicción de la respectiva Corte de Apelaciones.

Para la designación, la Corte de Apelaciones efectuará anualmente un llamado a registro, designando a todo aquel que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. Los fedatarios durarán 3 años, pudiendo renovar por otro periodo acreditado el cumplimiento de los requisitos.

A los fedatarios se le aplican las siguientes normas de notarios: Fiscalización, obligaciones de transparencia y publicidad (contar con sitio web con información para el usuario); exigencia de correo electrónico y firma electrónica avanzada; aprobación del examen de conocimientos cada tres años; e inhabilidades.

Con la creación de los fedatarios se esperan los siguientes beneficios, según el texto del Ejecutivo:
-Aumentar la oferta de quienes ofrecen servicios notariales: los fedatarios podrán ejercer las funciones notariales de certificación y autorización de firmas. Esta medida permitiría sumar a la oferta de servicios notariales a personas habilitadas para cumplir ciertas funciones notariales. Ellos corresponden a secretarios abogados de Juzgados de Policía Local y oficiales del Registro Civil, los que podrán actuar en comunas o localidades que no cuenten con oferta suficiente de servicios notariales.

-Facilitar el acceso a estos servicios: abría al menos un fedatario por comuna (correspondiente al oficial del registro civil designado como tal); tendrán competencia a nivel nacional (los notarios sólo pueden ejercer sus funciones dentro del territorio jurisdiccional de su oficio); y habrá un registro nacional de fedatarios para que los usuarios puedan elegir con quien realizar sus trámites. Este registro será realizado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, quien deberá publicarlo en su página web.

-Generar mayor competencia: no habrá limitación de cantidad de fedatarios. El arancel se establecerá mediante un rango de precios dentro del cual podrán competir.

Cabe señalar que el informe de productividad del proyecto establece que la creación de fedatarios no tiene costos asociados para los Juzgados de Policía Local y las oficinas del Registro Civil, ya que podrán hacer uso de la infraestructura existente. Respecto de los abogados que puedan realizar estas funciones, es probable que una fracción de estos deba incurrir en costos para habilitar algún espacio adecuado para recibir público y realizar los trámites.

 

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