Piñera presenta proyecto que mejora y extiende el Seguro de Cesantía durante la pandemia
Iniciativa mantiene el 70% del sueldo el primer mes de desempleo y por los cuatro siguientes lo fija en un 55% de la renta que se percibía. El mínimo a pagar es de $255 mil.
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El presidente de la República, Sebastián Piñera, presentó esta tarde el proyecto de ley que flexibiliza transitoriamente los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, el cual incrementa temporalmente el monto del seguro y mejora los beneficios de la Ley de Protección del Empleo.
En una ceremonia en La Moneda junto a ministros de Estado, Piñera explicó que "la ley de protección actualmente en vigencia beneficia a 650 mil trabajadores. Sin embargo, dada la evolución de la pandemia que se agrava en el mundo, aun cuando en Chile tenemos pequeñas mejorías, hace necesario fortalecer esta red de protección social".
Señaló que "este proyecto mejora y fortalece la Ley de Protección del Trabajo y el Seguro de Cesantía. Flexibiliza muchas de las condiciones para acceder al Seguro de Cesantía y mejora los beneficios que la Ley de Protección del Trabajo entrega".
Recordó que normalmente el seguro compensa la pérdida de ingresos a las personas desempleadas entregando el primer mes el equivalente al 70% del sueldo perdido y a partir de ahí una evolución decreciente. Detalló que "este proyecto mantiene el 70% de compensación el primer mes pero estableciendo un mínimo de 55% de compensación del salario perdido durante los primeros cuatro meses de desempleo, y si la pandemia lo hace necesario aumenta los meses para recibir el beneficio".
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Agregó que "pensando en los más vulnerables establece un piso mínimo de $255 mil de pago a los trabajadores. Más y mejor protección para los trabajadores que pierdan sus empleos".
Cabe señalar que los requisitos de cotización exigidos para acceder al Seguro de Desempleo se rebajan a tres cotizaciones continuas anteriores al término de contrato, o a seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas en los últimos doce meses anteriores al mes de término del contrato. De esta forma, se equiparan los requisitos de acceso al Seguro de Desempleo con los de la Ley de Protección del Empleo.
Se permitirá que aquellos cesantes que no cumplen con requisitos de cotizaciones para acceder al Seguro de Desempleo ni a la Ley de Protección del Empleo, pero que cuenten con recursos en su cuenta individual, puedan disponer de dichos recursos.