Gratificaciones: cómo funciona el sistema en el país y qué mecanismo es el más usado por las empresas
Según la última Encuesta Laboral (Encla), un 79,1% de las compañías se adscribe al pago del 25% de la remuneración anual como modalidad de gratificación.
- T+
- T-
El proyecto de ley que busca modificar el sistema de gratificaciones, impulsado por el diputado Tucapel Jimenez, se instaló con todo en la palestra pública.
La última Encuesta Laboral (Encla), con cifras al 2019, entrega información respecto de cómo funciona actualmente el sistema mediante el cual los trabajadores reciben parte de las ganancias corporativas, qué modalidad es la que usan las empresas para dar cumplimiento a la normativa vigente y qué sectores son los que más gratificaciones entregan.
Funcionamiento
La legislación laboral establece tres modalidades para que los empleadores entreguen gratificaciones.
El primer mecanismo se encuentra señalado en el artículo 47 del Código del Trabajo, en donde se establece la “obligación de gratificar anualmente a los trabajadores en proporción no inferior al treinta por ciento de dichas utilidades o excedentes”.
El segundo mecanismo, que está determinado en el artículo 50, establece un método alternativo de pago que consiste en el 25% del sueldo anual del trabajador, con un tope anual de 4,75 ingresos mínimos mensuales (IMM). Los empleadores que opten por este formato quedarán eximidos de la obligación establecida en el artículo 47, sea cual fuere la utilidad líquida que obtuvieron.
Por último, en el artículo 46 del Código del Trabajo se indica que las partes pueden convenir las gratificaciones, pero “éstas no podrán ser inferiores a las que resulten de la aplicación de las normas siguientes”.
Los datos sobre la mesa
En base a la más reciente Encla -publicada en 2020 y elaborada con datos correspondientes a 2019-, se observa que de los tres mecanismos para entregar gratificaciones, la gran mayoría de las empresas (79,1%) se adscribe al pago del 25% de la remuneración anual como modalidad de gratificación (art. 50).
Al mirar por sector económico, se puede ver que los rubros de la construcción, actividades de alojamiento y servicios de comida, e industria manufacturera, son los que más utilizan esta modalidad, con un 94,2%, 91,6% y 91,3% de sus empresas acogidas a este mecanismo, respectivamente.
Por otra parte, de acuerdo a los datos, las áreas que destacan por el no pago de gratificación son enseñanza, con un 44,8% de las firmas del rubro que no realiza pagos; actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas, otras actividades de servicio con un 42,8%; y suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado y suministro de agua, evacuación de aguas residuales, con un 38,2%.
De acuerdo a la Encla, el dominio del pago de gratificaciones mediante la modalidad establecida en artículo 50 es un fenómeno persistente, que ha sido descrito en las versiones del sondeo en 2002, 2006, 2011 y 2014.
“Lo anterior implica la presencia de incentivos económicos que se relacionan con la certeza que entrega esta modalidad al empleador, desvinculando el pago de gratificaciones con la obtención de utilidades, asimismo esta modalidad permite a los empleadores estructurar las remuneraciones, incorporando la gratificación a la base salarial”, dice el documento.
La Encla, además, plantea que respecto a la institucionalidad de las gratificaciones, es posible una redefinición en torno a las modalidades de retorno del capital y del trabajo mediante las gratificaciones.
“Si el interés de política pública está en mejorar la distribución de ganancias entre los factores productivos, mediante mejoras en los salarios reales, sería atingente una reflexión sobre la posibilidad de aumentar el parámetro de 4,75 IMM establecido en el artículo 50 del Código del Trabajo”, agrega el texto.