Reforma tributaria: comisión aprueba cambios clave a IVA exportador y a servicios desde el exterior
Se visó ampliar el rango de aplicación del IVA ya no solo a los servicios digitales, sino a todos los prestados desde el extranjero. Hacienda incorporó más incentivos a la formalización.
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La tramitación del proyecto de reforma tributaria avanza a paso firme, luego de que la semana pasada la comisión de Hacienda de la Cámara despachara una serie de cambios aI VA para exportadores, servicios digitales y medidas para combatir la elusión en dicho gravamen.
Una minuta elaborada por el Ministerio de Hacienda explica los principales ajustes en materia de IVA exportador, con el objetivo de evitar la ocurrencia de actos elusivos. O sea, que se empleen mecanismos legales con el único fin de reducir la carga tributaria.
Por ejemplo, en el numeral 8 se modificó el mecanismo para que los exportadores accedan a devoluciones de IVA, acogiendo propuestas de diputados para no afectar a pequeños comerciantes o del rubro agrícola exportador. Así, se busca evitar dos casos concretos.
“Esto ha sido bastante discutido y, afortunadamente, ha sido valorado por el sector de pequeñas empresas. Pero también se transforma en un buen incentivo para la formalización de actividades”.
Mario Marcel, ministro de Hacienda, sobre el nuevo crédito de IVA para contribuyentes que inicien actividades con ventas hasta 2.400 UF.
El primero, cuando exportadores se organizan de manera tal que en el mes en que piden la devolución de IVA exportador, son 100% exportadores y, en consecuencia, pueden pedir la devolución de todo el IVA crédito de ese mes, incluyendo el de las ventas locales.
La solución aprobada en comisión: que los exportadores puedan pedir la devolución considerando el promedio entre ventas locales y exportaciones de los últimos 12 períodos. “De esa manera, se evita un mal uso de la norma sin perjudicar a los exportadores”, señala el documento.
El segundo caso apunta a contribuyentes que tienen grandes cantidades de IVA acumulado y hacen exportaciones por sumas muy inferiores a ese IVA, sin que posteriormente los envíos sean suficientes para cubrir esa devolución inicial.
Aquí, Hacienda propuso -y la comisión aprobó- una facultad para que el SII pueda solicitar el reintegro proporcional del IVA si en un plazo de 24 meses el contribuyente no ha exportado, al menos, el doble de lo que solicitó como devolución inicialmente. “Dicha devolución se considerará nuevamente crédito fiscal para el exportador”, señalan en Teatinos 120.
También se visó un artículo para facilitar la devolución anticipada del gravamen a los exportadores.
Hoy los exportadores pueden solicitar a Economía que se les reembolse el IVA relacionado a futuros proyectos de inversión que constituyan exportación. Pero la ley no contemplaba el caso en que ese exportador, en el período entre el reembolso del IVA y el proyecto de inversión, cambiaba su situación jurídica por una reorganización empresarial. En este caso, el SII pedía restituir inmediatamente todo el IVA reembolsado.
La propuesta del Ejecutivo es que no exista devolución si hay continuidad en el tipo de negocio, lo que fue aprobado por la comisión.
Se amplía IVA a servicios
Otros ajustes relevantes aprobados por la comisión se relacionan con el IVA a los servicios digitales, vigente desde junio de 2020 y que grava con 19% la compra de servicios desde plataformas en el extranjero que son consumidos en Chile.
Ahora, se eliminó la referencia a servicios “digitales” y se incorporó el término “remotos”, lo que amplía su aplicación hacia todas las prestaciones entregadas desde fuera del país. Esto va en línea con la aplicación de IVA a casi la totalidad de los servicios en el país desde el 1 de enero. También está alineada con las prácticas de la OCDE.
A su vez, se amplían las causales bajo las cuales se entienden que los servicios digitales son prestados en Chile. Así, bastará que se cumpla con una de las presunciones para que se aplique el hecho gravado (y no dos como hoy). También, se considerará como elemento para determinar el domicilio del usuario que al momento de registrar la plataforma o el servicio indique que tiene domicilio en Chile
Más formalización
Por unanimidad, la comisión aprobó un beneficio tributario cuyo objetivo es promover la formalización de los contribuyentes.
Este consiste en un crédito IVA para los contribuyentes que realicen iniciación de actividades y que registren ventas de hasta 2.400 UF (microempresas). Este beneficio se aplica por hasta 24 meses (la propuesta original era de 12 meses) y con gradualidad: los primeros seis meses se contará con un crédito del 100% del IVA a pagar; por los siguientes seis meses, 50%; y los últimos doce meses, 25%.
“Esto ha sido bastante discutido y, afortunadamente, ha sido valorado por el sector de pequeñas empresas. Pero también se transforma en un buen incentivo para la formalización de actividades, bien concreto y contundente”, señaló el ministro de Hacienda, Mario Marcel.