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Proyecto tributario: Hacienda ingresa hoy indicaciones con foco en NGA y el SII y tres temas quedarían sin acuerdo

Uno de los acuerdos que tomaron las partes fue abordar en un proyecto distinto el polémico 27 bis, que rige la devolución de IVA en proyectos de inversión.

Por: Sebastian Valdenegro | Publicado: Martes 27 de agosto de 2024 a las 04:00 hrs.
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La comisión de Hacienda del Senado es la instancia que está analizando la iniciativa sobre cumplimiento tributario. Foto: Ministerio de Hacienda
La comisión de Hacienda del Senado es la instancia que está analizando la iniciativa sobre cumplimiento tributario. Foto: Ministerio de Hacienda

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Horas clave vive en el Senado la tramitación de la iniciativa que refuerza el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes o, también conocido como proyecto antievasión y elusión.

Este martes, el Ejecutivo prevé ingresar un nuevo paquete de indicaciones en la comisión de Hacienda de la Cámara Alta, con foco en dos temas controversiales y donde se logró un acuerdo entre el oficialismo y la oposición: la aplicación de la Norma General Antielusión (NGA); y una nueva gobernanza para el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Los detalles de las enmiendas fueron abordados en una última reunión entre los asesores de los senadores y sus contrapartes de Teatinos 120 en la tarde de ayer.

Otro de los cambios donde hubo consenso entre Ejecutivo y Legislativo es eliminar la exención de IVA que hoy beneficia a las importaciones de mercancías por un valor de hasta US$ 41.

Si bien hasta el minuto hay amplio acuerdo, hay una serie de materias que no serán parte del consenso y donde el Ejecutivo presentaría enmiendas y cuyo destino sería decidido “artículo por artículo” en la comisión de Hacienda.

Estos se refieren al polémico artículo 27 bis para inversión en activo fijo, y los ajustes que propone el Ejecutivo a los impuestos a herencias y donaciones.

El 27 bis es un mecanismo que rige la devolución de IVA pagado en la adquisición de activos fijos. Hoy, dicho proceso puede tomar décadas, por lo que Hacienda propuso acotar el plazo de devolución a entre 10 y 15 años. La oposición explicitó su rechazo, ya que es un incentivo que se utiliza principalmente en el sector de la construcción, hoy uno de los más golpeados. Las partes acordaron sacar este tema del proyecto de cumplimiento y analizarlo en otra iniciativa legal.

En cuanto a herencias y donaciones, el Ejecutivo busca modificar la forma de calcular y de tasar los bienes hereditarios, además de volver a aplicar impuesto a las donaciones revocables (transferencias de bienes que realiza una persona en vida a sus herederos y que se confirman al momento de fallecer, pero que se pueden dejar sin efecto antes de su deceso) y gravar las transferencias de propiedades DFL-2.

Todo esto ha sido resentido por los representantes de la oposición en la mesa técnica, por lo que hasta el minuto se vislumbra que no habrá acuerdo en la materia.

Lo que ingresará hoy

Según distintas fuentes, las indicaciones que se presentarán implican mantener la NGA en sede judicial, como opera hoy. O sea, que si el SII quiere declarar un acto como elusivo, debe pasar primero por un Tribunal Tributario y Aduanero (TTA). El proyecto original establecía que el director del servicio podía declarar el acto elusivo y el contribuyente defenderse en tribunales.

Eso sí, las partes acordaron cambios a las normas de aplicación y mejoras procedimentales en la NGA que harían más fácil su aplicación.

Por ejemplo, se negocian modificaciones a los plazos de prescripción para los hechos que puedan ser revisados por la NGA. Hoy, dicho plazo oscila entre tres y seis años. En el proyecto original del Ejecutivo se ampliaba de forma relevante, al tomar como base para contabilizar el período de prescripción la última operación, de un conjunto de hechos, que pudieran considerarse como elusivos por el servicio. La oposición consideraba esto como excesivo.

En la mesa técnica, el Ejecutivo propuso que los hechos sancionables pudieran tener data de hasta 10 años, mientras que la oposición puso seis años sobre la mesa. El acuerdo apunta en esta última línea, lo que de todas formas es mayor a lo que existe actualmente.

Nuevos comités

En cuanto a la gobernanza del SII, se mantiene la dirección unipersonal a cargo del director, quien será designado por Alta Dirección Pública (ADP) y no podrá ser removido como parte de los 12 cargos que cada Gobierno puede designar directamente en sus primeros seis meses de administración.

Eso sí, se crean nuevas instancias: se establece con rango legal el Comité Antielusión (hoy existe vía resolución), que deberá definir en conjunto con el titular del SII si un caso amerita ser llevado a tribunales. Su opinión será consultiva y lo integrarán los titulares de las subdirecciones de Jurídica, Normativa y Fiscalización del SII, que a su vez serán designados por ADP.

Asimismo, se crea un consejo externo que tendrá opinión vinculante sobre la juridicidad de algunas circulares y que podrá opinar sobre los planes de fiscalización del SII. El acuerdo es que sean cuatro miembros, necesitando el acuerdo de tres para rechazar una propuesta del titular del SII. Serán nombrados vía ADP y su período será de cinco años en el cargo. Las renovaciones serán parciales y los consejeros tendrán inhabilidades, como no tener casos vigentes ante el SII ni asesorar a contribuyentes durante su período como consejeros.

Exención a importaciones de bajo monto

Otro de los cambios donde hubo acuerdo entre Ejecutivo y Legislativo es eliminar la exención de IVA que hoy beneficia a las importaciones de mercancías por un valor de hasta US$ 41.

El diagnóstico en el Gobierno es que este mecanismo se estaba utilizando de manera incorrecta para abastecer el comercio informal, ya que muchas personas realizan compras desde el exterior fraccionadas para aprovecharse del beneficio.

A cambio de esto, el Ejecutivo se abrió a crear una exención de aranceles para la importación de mercancías, con un techo de hasta US$ 500 por unidad. Eso sí, con controles, como exigirse el uso de tarjetas de crédito o débito o poner un límite a la cantidad de compras afectas al beneficio.

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