Impuesto al patrimonio: quórum para su avance promete ser la primera polémica en el Congreso
La comisión de Constitución escuchará economistas, constitucionalistas y expertos tributarios antes de someter a votación el texto. Las dudas apuntan a si será con 2/3 o 3/5 y si se trata de una iniciativa de exclusiva prerrogativa del Presidente.
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Un semana de expectación se anticipa en el Congreso. Y uno de los hitos se vivirá el miércoles 5 de agosto, cuando a partir de las 16:00 horas la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados iniciará formalmente la discusión del proyecto de reforma constitucional que busca establecer un impuesto transitorio a las grandes fortunas del país. ¿La idea? Destinar dicha recaudación al financiamiento de una renta básica de emergencia.
La propuesta, impulsada por parlamentarios de oposición, consta de un artículo único que establece un tributo de 2,5% al patrimonio de personas naturales con domicilio en Chile, titulares de bienes y derechos, en el medio local o en el extranjero, al 31 de diciembre de 2019, equivalentes a un valor igual o superior a US$ 22 millones.
Según lo establecido, el gravamen deberá ser enterado en el plazo de treinta días desde la publicación de la ley respectiva.
Si bien lo primero que se resolverá en la referida sesión será el cronograma de trabajo con las audiencias que ya anticipó el presidente de la instancia, el democratacristiano Matías Walker, desde el mismo Parlamento se advierte que se abrirán nuevas aristas y que -como ha ocurrido con otros proyectos- el debate se tenderá a tensionar con rapidez.
Un aspecto que contribuirá es el relacionado con el quórum requerido para la aprobación de la normativa, pues algunos diputados afirman que es necesario que se avance con 2/3 de respaldo (103 votos en la Cámara de Diputados) y otros consideran que 3/5 (93 votos).
Lo anterior, con los 155 diputados en ejercicio, pero como en la actualidad hay 153 en esa condición, baja un voto cada exigencia.
El diputado Matías Walker (DC)explicó que hay diferencia con lo que pasó con el retiro del 10% de los fondos previsionales, ya que el sistema de capitalización individual no está regulado en la Constitución, sino que en una ley.
“La Constitución es muy clara en regular lo que se refiere al derecho de propiedad y los impuestos. Es probable que en este caso el quórum que se determine sea de 2/3, por lo que implica una materia de derecho de propiedad y la afectación al patrimonio, pero eso será parte de la discusión”, argumenta.
El mismo diputado anticipó otro debate técnico. “Desde el punto de vista jurídico va a existir otra discusión: si se puede por la vía de una norma transitoria a la Constitución establecer excepcionalmente un impuesto por única vez al patrimonio; o si, en cambio, tiene que existir una fuente legal que sea o no de iniciativa del Presidente, en principio los impuestos deben establecerse por ley y es de iniciativa del Presidente”, explica.
El diputado de Renovación Nacional, Gonzalo Fuenzalida, afirma que “antes de debatir un impuesto sobre el patrimonio, debemos debatir si corresponde que esa materia sea regulada en un transitorio de la Constitución y no en una ley tributaria que emane del Ejecutivo. Aclarado ese tema, podríamos hablar del fondo”.
Su colega UDI Jorge Alessandri coincide en que “en nuestra Constitución crear o rebajar un tributo es de iniciativa exclusiva del Presidente. Se crean por ley y no pueden tener un destino específico, como lo propone el proyecto, así que por supuesto, que lo vamos a impugnar en la forma”.
A su juicio, el llamado “impuesto a los super ricos está mal formulado, grava el patrimonio, y los impuestos que son fáciles de recaudar, que no espantan las inversiones y logran a través de la fiscalización recaudar, son los impuestos al flujo”.
El jefe de bancada de los diputados de Evópoli, Luciano Cruz Coke, recuerda que en el debate del retiro del 10% se estableció con claridad por parte de la comisión que los impuestos son prerrogativa exclusiva del Ejecutivo y materia de ley, “por lo que antes de analizar el fondo del proyecto la comisión deberá afirmar ese principio”.
Argumentos de la oposición
Uno de los coautores del proyecto y jefe de bancada del PPD, Raúl Soto, sostiene que “es necesario avanzar en justicia tributaria y que, de manera excepcional, por única vez, los más ricos de nuestro país -que son 1.900 personas- que tienen patrimonio sobre US$ 22 millones paguen un impuesto de 2,5% para con eso recaudar más de US$ 6 mil millones que puedan ser redestinados a políticas sociales en ayuda de sectores vulnerables y de clase media por esta pandemia”.
Para el diputado socialista Leonardo Soto es necesario aprobar el proyecto. “Cuando la economía no funciona hace cinco meses, todos miran al Estado para que ayude a asumir la pandemia, y el Estado lo hace en alguna medida con créditos y ayudas a las pymes y los chilenos. Y la pregunta que nadie quiere responder es ¿quién va a pagar esa cantidad de recursos gigantescos?”.
Y si bien se estima que el Fisco va a transferir en el marco de la pandemia más de US$ 12 mil millones a la población, “la plata de algún lado debe salir. Vamos a comenzar el debate de un impuesto a las grandes riquezas del país, me parece justo que lo paguen las personas que más tienen y ese debate es urgente y necesario”.
El diputado regionalista Jaime Mulet defiende el proyecto. “Tendrá una dura discusión, el monto a tributar, desde qué patrimonio se tributa y si es transitorio o no a raíz de la pandemia o tiene una duración más prolongada”.
En su opinión, “las grandes fortunas de Chile están en deuda con el país y no se afectará la economía, no tiene por qué, aquí hay que actuar con patriotismo, esto es algo que estamos viviendo excepcionalmente, es mucho lo que han acumulado en los últimos 30 años y poca la carga tributarias que tienen”.
Antes de votar, en todo caso, Walker quiere que la comisión escuche a expertos en derecho tributario, economistas, constitucionalistas, y representantes de empresariado, entre otros.