Hacienda prepara cambios a secreto bancario, uso de pérdidas y nueva tasa para sociedades de inversión
Ayer se realizó la segunda reunión entre asesores de parlamentarios y del Ejecutivo. Se acordó que el gobierno presentará las indicaciones el miércoles 7 de septiembre, mientras que la idea de legislar se votará el martes 13.
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En Valparaíso, tres horas antes de que sesionara la comisión de Hacienda de la Cámara que discute la reforma tributaria, volvieron a reunirse los asesores de los parlamentarios con sus contrapartes de Teatinos 120, en el marco de las tratativas para ingresar indicaciones al proyecto.
En la cita, se abordaron tres tópicos: el cambio a la base imponible del impuesto de 1,8% a las utilidades retenidas en la sociedades de inversión; ajustes al fin de la exención para los ingresos provenientes de arriendos de viviendas DFL-2; y potenciales modificaciones al beneficio de deducir de la base imponible hasta $ 450 mil de gasto relacionado con arriendos de viviendas.
Según presentes, se exploró la posibilidad de aumentar la tasa de 1,8%, debido principalmente a que cambia la base (ahora se gravarán los impuestos retenidos).
En DFL-2, se acordó estudiar mecanismos para que un sector relevante de adultos mayores no se vea afectado. Esto, en el marco que la reforma limita a una sola vivienda DFL-2 la exención de impuesto a la renta para los ingresos por arriendo de estos inmuebles.
Si bien aún no se definen las fórmulas específicas, se espera que el viernes se concrete una reunión clave en esta línea.
Se reordena el calendario
Más tarde, en la comisión y tras la exposición de Ricardo Guerrero (excoordinador Tributario de Hacienda y fundador de Contribuye) y de Alejandro Gómez (Colegio de Abogados de Valparaíso), el Ejecutivo mostró más todavía sus cartas.
Los co-coordinadores de Política Tributaria de Hacienda, Nicolás Bohme y Diego Riquelme, señalaron ante los diputados que se incluirán en las indicaciones ajustes al nuevo procedimiento para el levantamiento del secreto bancario con fines tributarios, y una mayor gradualidad para la restricción del uso de pérdidas tributarias en las empresas.
Sobre el primer punto, Riquelme afirmó que se acogerán parte de las observaciones de la Corte Suprema, que sugirió la incorporación de un recurso para reclamar la inadmisibilidad de la oposición del contribuyente a que el Servicio de Impuestos Internos (SII) acceda a su información bancaria.
En la propuesta, el contribuyente puede negarse al procedimiento acudiendo al Tribunal Tributario y Aduanero (TTA), justificando su oposición a que el fiscalizador acceda a su información bancaria.
Sobre el segundo tema, el proyecto restringe el uso de las pérdidas tributarias acumuladas a un 50% de la renta líquida imponible para reducir la base de impuestos. La gradualidad establece que en 2023 comienza a operar la restricción, con un límite de 80%, la que baja a 65% en 2024. Dichos guarismos y plazos están bajo análisis en Hacienda.
En la comisión, también se anunció el nuevo cronograma de tramitación: el próximo miércoles 7 de septiembre Hacienda presentará el paquete de indicaciones a la reforma, mientras que el martes 13 del mismo mes se votará la idea de legislar.
Así, se cumpliría el hito de aprobar la idea de aprobar en general la iniciativa antes del 18 de septiembre. Lo que está en duda es si el texto se despachará al Senado antes del 30 de septiembre, fecha límite de ingreso del Presupuesto 2023.
Cambios al Fogape
Más temprano en la jornada, la comisión de Hacienda despachó a la Sala de la Cámara el proyecto de ley que crea un nuevo Fondo de Garantías Estatales para Pequeños Empresarios (Fogape) y establece medidas de apoyo tributario. La iniciativa será analizada mañana por la Sala.
El gobierno llegó a un acuerdo con los parlamentarios y presentó una serie de indicaciones a petición de Ricardo Cifuentes (DC) y Carlos Bianchi (independiente), que extienden hasta el 31 de diciembre de 2023 la entrega de créditos Fogape Chile Apoya; incorpora a las personas afectadas por “violencia rural” al universo de potenciales beneficiarios; y amplía desde el 31 de diciembre de este año al 30 de abril de 2023 la duración del beneficio de convenio de pago y condonación de intereses de impuestos adeudados.
También, se extiende del 31 de mayo al 30 de junio de este año la fecha límite de vencimiento de los impuestos que son objeto de esta política.