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Cambios tributarios: Hacienda acoge mantener tasa a las PYME y control del SII a cuentas no bancarias
El Ejecutivo tramitó modificaciones al proyecto misceláneo proinversión en paralelo a pensiones.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, y el presidente de la comisión del ramo del Senado, Felipe Kast. Foto: Ministerio de Hacienda
En paralelo a la discusión de la reforma de pensiones en la comisión de Hacienda del Senado, el Ejecutivo logró acuerdos en otro proyecto paralelo y que se debate en la misma instancia, pero de la Cámara.
Se trata del proyecto misceláneo sobre cambios regulatorios para impulsar la inversión, que ayer avanzó en su discusión en Hacienda de la Corporación.
En ese proyecto, el Gobierno incluyó un artículo que tiene incidencia sobre el debate previsional, ya que se abrió a mantener en un 12,5% la tasa de impuesto corporativo que pagan las empresas de menor tamaño, por un lapso de tres años: entre 2025 y 2027, mientras que para el 2028 la tasa sería de 15%. Esto implica un guarismo menor que el 25% actual que tributan las sociedades.
A cambio, se comprometió que esa tasa estará supeditada a que esté vigente la nueva cotización que considera la reforma previsional. O sea, que en dichos años comience a aumentarse la tasa de cotización según el calendario establecido.
Esto implicará menores ingresos fiscales acumulados por cerca de US$ 2.000 millones entre 2026 y 2029, según el informe financiero. La enmienda fue aprobada ayer por la comisión de Hacienda de la Cámara.
“Es una buena noticia, aunque un Gobierno realmente pro PYME hubiese dejado la tasa 12,5% de manera permanente, por lo que esperamos avanzar con el próximo Gobierno en una tasa acorde a la realidad de las Pymes de manera sostenida”, dijo el presidente de la Multigremial Nacional, Juan Pablo Swett.
Control a saldos
Otra enmienda que ingresó el Ejecutivo al citado proyecto se relaciona con el nuevo control del Servicio de Impuestos Internos (SII) cuando el saldo o suma de abonos efectuados a cuentas registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a UF 1.500, ya sea en pesos o monedas extranjeras. La norma incluyó las cuentas bancarias y de emisores financieros, pero dejó fuera a las cuentas emitidas por entidades no bancarias.
El Ejecutivo incluyó una indicación que amplía ese perímetro regulatorio a las entidades emisoras de tarjetas de prepago, sean o no bancarias, y a las tarjetas de prepago sean bancarias o no bancarias.
Esto también modificaría el artículo de la Ley de Cumplimiento Tributario que controla cuando contribuyentes reciben más de 50 transferencias en un día, semana o mes, o más de 100 al semestre.