Esta semana el Gobierno del presidente Gabriel Boric anunció que alista la firma del Acuerdo de Escazú, sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Un paso que le permitiría a Chile participar en la primera Conferencia de las Partes (CO1) de este tratado, que se celebrará en la sede de la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (Cepal) en Santiago, el próximo 22 de abril.
El abogado de Moraga y Cía y exsubsecretario de Medio Ambiente, Jorge Canals, señala que el Acuerdo de Escazú firmado el 4 de marzo de 2018 en Costa Rica, es el primer tratado de derechos humanos medio ambiental vinculante de la región, y "el reflejo del Acuerdo de Argus de la Unión Europea, de ahí recoge su fuente, y es probable que de firmarse, facilite el acceso a financiamiento para participación en las distintas instancias de institucionalidad ambiental", afirma.
Hasta ahora, de los 33 países de América Latina y El Caribe, 24 países suscribieron el tratado y lo han ratificado 12. Además de Chile, se mantienen al margen Bahamas, Barbados, Cuba, El Salvador, Honduras, Surinam y Venezuela.
Canals señala que si el país no se suma a Escazú, "podría quedar en desventaja respecto de los países de la región que sí lo suscriben" y que incluso ya lo ratificaron como Argentina, Bolivia, Ecuador, México y Uruguay.
"A la larga, este tipo de acuerdos que aumentan los estándares ambientales, pero que a la vez estabilizan la institucionalidad, va en la línea de todos los países desarrollados respecto a financiamiento, transparencia, altos estándares ambientales en la legislación de normas y en la evaluación de los proyectos y actividades", afirma Canals.
Añade que suscribir el tratado, "nos sube el estándar" y pone al país en una mejor disposición a recibir financiamiento internacional y "a incorporarse a los mercados internacionales que son más sofisticados en estos aspectos, al país le da un sello", afirma.
Implicancias
Canals explica que como es un tratado, tiene una jerarquía mayor, es autoejecutable, lo que significa que está por sobre las leyes de cada país, por lo tanto, cualquier persona podría recurrir a sus disposiciones para que se hagan valer en tribunales, en consideración "al comportamiento de ciertas empresas o de la evaluación de proyectos ambientales".
"Como establece los principios de la democracia ambiental como el derecho de acceso a la información, a la participación y a la justicia ambiental, probablemente va a significar un aumento inmediato de los estándares de participación ciudadana en el sistema de evaluación de impacto ambiental y en la generación de instrumentos de gestión ambiental que tiene la ley, como las normas de calidad, de emisión, los planes de descontaminación y lo mismo respecto de información".
Precisa que cualquier persona podría recurrir al tratado, para exigirle al gobierno de turno que genere todas las instancias necesarias de información ambiental, por ejemplo, de emisión de gases de efecto invernadero, de contaminación atmosférica -que ya existen-, pero "podría subir más el estándar y pedir información respecto del uso del agua, en registros públicos", dice.
Señala que su firma, también implica que se facilite el acceso a los procesos de reclamación en el SEIA, en la participación de la elaboración de normas y de los tribunales ambientales, entre otros.
Las modificaciones
El abogado afirma que Chile tiene "buenos estándares" en términos normativos, por lo tanto, suscribir el Acuerdo de Escazú no significaría grandes cambios en materia legislativa.
"Probablemente la legislación ambiental chilena tiene que ser de las que más tiene espacios de participación, y hemos avanzado mucho en acceso a la información, sobre todo en términos de inventarios de distinto tipo, de residuos, de emisiones, el informe de emisiones, el informe anual del estado del medio ambiente, entre otros", dice Canals.
No obstante, precisa que de todas maneras el acuerdo va a implicar ciertas modificaciones. Entre ellas, una reforma al SEIA, "que se modificará de todas maneras", los estándares de participación ciudadana van a tener que elevarse y hacerse por regla general y con anticipación, garantizar el acceso a la justicia ambiental y descomplejizar el proceso de reclamación.
"Habría que establecer estándares comunes de participación, obligaciones mayores para el Estado cuando hay procesos de consulta ciudadana respecto de normas o planes, por ejemplo", señala.
Otro punto de Escazú, explica, es el tema de los defensores ambientales, lo que va implicar la generación de algún tipo de reglamentación relativa al acceso de organizaciones sociales, a formalizar los procesos de participación en los proyectos y en el "reconocimiento del activismo ambiental como una actividad, porque allí no tenemos mucho", afirma Canals.
Chile y el tratado
El Acuerdo de Escazú, fue impulsado por el gobierno de la expresidenta Michelle Bachelet y el de Costa Rica, tras cuatro años de negociones. Sin embargo, en 2020, el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera rehusó suscribirlo.
El canciller de ese entonces, Andrés Allamand, argumentó cuatro razones para no firmar el acuerdo, entre ellas, que al ser un tratado vinculante autoejecutable, estaría por sobre la legislación chilena; que introduce una serie de principios no definidos que condicionan la legislación ambiental chilena y que expondría al país a controversias internacionales por la aplicación directa de sus normas.
Sin embargo, en la última campaña presidencial el tema reflotó y hoy, el Presidente Gabriel Boric reconoció ante corresponsales extranjeros que alista la firma del tratado "durante marzo".