Suprema rechaza recurso de Aduanas por revisión de importaciones
Por: | Publicado: Miércoles 26 de enero de 2011 a las 05:00 hrs.
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la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por el Servicio Nacional de Aduanas, a raíz de un largo juicio que se inició en 2003, cuando la empresa Xerox puso una demanda de ilegalidad y nulidad de Derecho Público contra el organismo. Este fallo, además, tendrá efecto sobre todas las empresas que importan productos hacia el país.
Esto, a raíz de que en 2003, según explica el abogado Guillermo Zavala, Aduanas reinterpretó uno de los artículos de su orgánica que le permitía revisar hasta por el plazo de un año las importaciones realizadas por las empresas. Según la nueva mirada, el organismo podía establecer cobros de tributos y derechos aduaneros por hasta tres años, como regla general. No obstante que esa posibilidad estaba consignada sólo para casos en los que exista dolo -es decir, cuando hay un engaño intencional- por parte de las empresas.
La resolución del máximo tribunal del país, cuyo fallo se dictó el 13 de enero, confirmó las sentencias del Primer Juzgado Civil de Valparaíso y de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, estableciendo que los cargos aduaneros sólo pueden realizarse dentro del plazo de un año, contado desde la legalización de la importación. Con esto, comenta Zavala, no sólo se beneficiará Xerox, sino que todas las empresas. Además, les otorga certeza jurídica, ya que no tenían claro cuál era el plazo para que pudieran surgir nuevos cobros.
Xerox, además, solicitó que se dejen sin efecto los cargos formulados y los cobros de Tesorería, que habían sido generados por esta nueva mirada.
Esto, a raíz de que en 2003, según explica el abogado Guillermo Zavala, Aduanas reinterpretó uno de los artículos de su orgánica que le permitía revisar hasta por el plazo de un año las importaciones realizadas por las empresas. Según la nueva mirada, el organismo podía establecer cobros de tributos y derechos aduaneros por hasta tres años, como regla general. No obstante que esa posibilidad estaba consignada sólo para casos en los que exista dolo -es decir, cuando hay un engaño intencional- por parte de las empresas.
La resolución del máximo tribunal del país, cuyo fallo se dictó el 13 de enero, confirmó las sentencias del Primer Juzgado Civil de Valparaíso y de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, estableciendo que los cargos aduaneros sólo pueden realizarse dentro del plazo de un año, contado desde la legalización de la importación. Con esto, comenta Zavala, no sólo se beneficiará Xerox, sino que todas las empresas. Además, les otorga certeza jurídica, ya que no tenían claro cuál era el plazo para que pudieran surgir nuevos cobros.
Xerox, además, solicitó que se dejen sin efecto los cargos formulados y los cobros de Tesorería, que habían sido generados por esta nueva mirada.