DF Constitucional

Convención respalda negociación colectiva, huelga y trabajo decente, pero descarta texto de subcontratación

Convención aprobó que en el ámbito rural y agrícola “el Estado debe garantizar condiciones justas y dignas en el trabajo de temporada”.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Miércoles 11 de mayo de 2022 a las 19:15 hrs.
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El pleno de la Convención analizó el Informe de segunda propuesta constitucional de la comisión de Derechos Fundamentales aprobando una serie de normas relativas al trabajo decente, negociación colectiva, y derecho a huelga, pero descartó enviar al texto constitucional la norma que buscaba regular la subcontratación.

Respecto al trabajo decente se aprobó que “toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección. El Estado garantiza el trabajo decente y su protección”, el cual comprende el derecho a condiciones laborales equitativas, “a la salud y seguridad en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a su desconexión digital, a la garantía de indemnidad, y el pleno respeto de los derechos fundamentales” en el contexto del trabajo.

Asimismo se ratificó que los trabajadores tendrán derecho a “una remuneración equitativa, justa y suficiente, que le asegure su sustento y el de su familia. Toda persona tiene derecho a igual remuneración por igual trabajo”.

Los convencionales también aprobaron que el Estado generará políticas públicas que permitan la conciliación laboral, la vida familiar y comunitaria, y el trabajo de cuidados.

También se consagró que el Estado garantizará el respeto a los derechos reproductivos de las personas trabajadoras, eliminando riesgos que afecten la salud reproductiva y resguardando los derechos de la paternidad y maternidad.

Subcontratación y temporeros

El pleno rechazó la propuesta que señalaba que “una ley regulará la subcontratación con el fin de evitar la precarización laboral”. La iniciativa logró solo 81 votos a favor y necesitaba al menos 103. Cabe señalar que ya se había rechazado por el pleno una primera propuesta que indicaba que la subcontratación estará permitida “únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa” y que también prohibía la “precarización laboral, como los contratos a honorarios o la tercerización y externalización de servicios”. De esta forma se descarta del texto constitucional las normas sobre subcontratación.

Se aprobó y pasó al borrador que “en el ámbito rural y agrícola el Estado debe garantizar condiciones justas y dignas en el trabajo de temporada”, resguardando el ejercicio de sus derechos laborales y de seguridad social.

Los convencionales dieron luz verde a otras normas que reconocen “la función social del trabajo” y que se deberá asegurar “la protección eficaz de los trabajadores y organizaciones sindicales, mediante un órgano autónomo a cargo de su fiscalización”. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, así como “el trabajo forzoso, humillante o denigrante”.

Negociación colectiva

Se aprobó y formará parte de la propuesta de nueva Constitución que “las organizaciones sindicales son titulares exclusivas del derecho a la negociación colectiva, en tanto únicas representantes de trabajadores ante el o los empleadores”.

Respecto al derecho a huelga el pleno respaldó  que la Constitución “garantiza el derecho a huelga de trabajadores y organizaciones sindicales” y que estas “decidirán el ámbito de intereses que se defenderán a través de ella, los que no podrán ser limitados por la ley”. El legislador no podrá prohibir la huelga.

En cuanto a servicios esenciales se aprobó que “la ley sólo podrá establecer limitaciones excepcionales a la huelga para atender servicios esenciales que pudieren afectar la vida, salud o seguridad de la población”.

Especulación de suelos

El pleno también se pronunció respecto del derecho a vivienda que ya se había aprobado y ahora complementando la norma aprobó y envió al borrador de nueva Constitución que “el Estado podrá participar en el diseño, construcción, rehabilitación, conservación e innovación de la vivienda”.

Asimismo, que el Estado administrará un “Sistema Integrado de Suelos Públicos. Este tendrá las facultades de dar prioridad de uso, gestión y disposición de terrenos fiscales para fines de interés social, así como adquirir terrenos privados”.

La convención también aprobó que el Estado garantizará “la disponibilidad del suelo necesario para la provisión de vivienda digna y adecuada. Además, deberá establecer mecanismos para impedir la especulación en materia de suelo y vivienda que vaya en desmedro del interés público”.

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