El Gobierno escaló el caso Domminga hasta el Tribunal Constitucional (TC). Así lo informó el Ejecutivo, que confirmó que presentó un requerimiento de contienda de competencias ante el TC para resguardar las atribuciones del Comité de Ministros en el juicio del proyecto minero-portuario.
US$ 2.500 millones de inversión contempla el proyecto Dominga.
La acción nace como respuesta al polémico fallo del 17 de febrero del Primer Tribunal Ambiental (1TA), que ha tenido diversas interpretaciones. En él, el Tribunal ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en su calidad de secretaría ejecutiva del Comité de Ministros, la dictación de un acto complementario a la resolución del Comité de Ministros del 8 de enero, por determinar que la instancia ministerial incumplió la sentencia del 9 de diciembre, en la cual se ordenaba volver a votar el proyecto bajo una serie de directrices.
Sin embargo, el Gobierno defiende que el SEA no posee las atribuciones para modificar dicha resolución. En un comunicado, sostiene que el fallo del Tribunal Ambiental, "contraviniendo la Constitución y la ley, se atribuye potestades privativas del Comité de Ministros, impartiendo instrucciones directas a la Secretaría Técnica de dicho Comité, para determinar el contenido de sus decisiones sobre el proyecto minero portuario Dominga".
La ministra (s) Vocera de Gobierno, Aisén Etcheverry, indicó desde el Palacio de La Moneda que "de acuerdo a la interpretación que hace el Ejecutivo, el fallo estaría invadiendo competencias que son atribuciones exclusivas del Comité de Ministros y, por lo tanto, el TC es el organismo competente para establecer esa interpretación de manera definitiva".
En ese sentido, explicó que lo que se busca con la acción es "clarificar" los ámbitos de competencias del Comité de Ministros y que "es el TC quien tiene que definir cuál es la interpretación correcta respecto de las atribuciones del Comité".
Por su parte, el subsecretario de Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, explicó que "el objetivo de esta acción es resguardar las competencias del Comité de Ministros, que resolvió apegado a la ley. Con esta presentación, estamos utilizando las herramientas que contempla nuestra Constitución para hacer valer el Estado de derecho".
Tribunal Ambiental defiende fallo
La interpretación que el Ejecutivo hace del fallo concuerda con la de Andes Iron, toda vez que la compañía solicitó al Tribunal a fines de febrero "aclarar, rectificar o enmendar" la resolución en cuestión. "Debe entenderse que se refiere al Comité de Ministros", sostuvo la compañía en su escrito.
Sin embargo, el 11 de marzo, el 1TA resolvió en votación dividida "no dar lugar a la aclaración, rectificación y enmienda solicitada", desestimando la solicitud.
Lo anterior, porque "el Comité de Ministros, en cumplimiento de una sentencia definitiva, dictó un acto de reemplazo que excedió las expresas instrucciones entregadas por este tribunal". Como resultado, explica la corte, no resulta procedente la adopción de un nuevo acuerdo y la dictación de un nuevo acto administrativo de reemplazo por parte del Comité, sino que de un acto administrativo que corrija, en lo que corresponda, para que la resolución se ajuste al cumplimiento de la sentencia del 9 de diciembre.
Y confirmó: "La orden de la resolución del 17 de febrero se encuentra dirigida a la Dirección Ejecutiva del SEA, ya que las potestades del Comité de Ministros ya fueron ejercidas y se encuentran agotadas, sin que se renueven con la sentencia que ordena el cumplimiento de lo resuelto. Es decir, no corresponde la dictación de un nuevo pronunciamiento y calificación ambiental del proyecto Dominga", ya que éste ya se realizó.
"La orden precisa y expresa entregada a la Dirección Ejecutiva del SEA no responde a un aspecto confuso ni erróneo de la sentencia, sino todo lo contrario, corresponde al ejercicio de las facultades de esta judicatura para hacer ejecutar lo juzgado", determinó el Tribunal Ambiental.