Empresa que arrienda canchas de pádel debe mitigar ruidos molestos
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La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por un grupo de vecinos de Antofagasta, en contra de la empresa Jardines Pádel Club, por no mitigar los ruidos molestos.
“Se ordena que deberá adoptar las medidas de mitigación necesarias para dar estricto cumplimiento a los niveles de ruidos permitidos en la zona en la cual se encuentra emplazada su instalación denominada Jardines de Pádel Club”, dijo el máximo tribunal del país.
Explicó que solicitó un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente, la que manifestó haber recibido denuncias en contra de la empresa, agregando que en una actividad inspectiva efectuada a propósito de las mismas, realizó una medición de nivel de presión sonora.
“Cabe señalar que se acreditó la vulneración denunciada como ilegal y arbitraria, al existir contaminación acústica acreditada”, dijo la Suprema.
La corte precisó que concretó su resolución sin perjuicio del análisis de los antecedentes que se encuentra realizando la Superintendencia del Medio Ambiente, con el fin decidir si corresponde iniciar un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa de arriendo de canchas.