Las definiciones de los dos nuevos árbitros que recientemente sumó a su nómina el CAM Santiago
Catalina Amenábar y Pedro Rencoret formaron parte del grupo de profesionales jóvenes que impulsó la entidad, programa que sigue vigente y donde también ha sido clave la paridad.
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En su primera sesión del año, el Consejo Directivo del Centro de Arbitraje y Mediación (CAM Santiago) aprobó la designación de dos nuevos integrantes a su nómina arbitral: Catalina Amenábar y Pedro Rencoret.
Ambos abogados fueron destacados por su trayectoria profesional y académica en el ámbito de la litigación y arbitraje y provienen, además, de la lista de Árbitros Jóvenes de la misma entidad, programa que debutó en 2017 con un equipo de 22 abogados y abogadas menores de 40 años y que a la fecha han conocido cerca de 500 casos.
Para estos profesionales, llegar a la nómina principal de árbitros es una gran responsabilidad. “En lo profesional, es un tremendo reconocimiento, pues se ha valorado la labor realizada como árbitros jóvenes; pero, a la vez, es un gran desafío, ya que las materias objeto de los arbitrajes administrados por el CAM son cada vez más diversas y específicas y, por otro lado, las partes y abogados involucrados en ellos exigen, con justa razón, un elevado estándar en la conducción de los procesos y en la decisión de los asuntos”, mencionó Rencoret.
“Lo que hace interesante a cada caso es el conflicto suscitado entre las partes y cómo los abogados lo plantean al tribunal, tanto en lo argumentativo como en lo probatorio”, dice Catalina Amenábar.
Dado lo anterior, ambos profesionales rescataron la labor del CAM en la formación y actualización permanente respecto de reglamentos y normas nacionales e internacionales, la relación con la ICC, además de la flexibilidad de la institución para adecuarse a las nuevas necesidades que van surgiendo para convertirse en “la herramienta más eficiente en la solución de controversias”, aseguraron.
Respecto de las expectativas que tienen al ser parte de la nómina de árbitros del CAM, éstas dicen relación con el tipo de conflicto a resolver y las posturas que se presentan, más que abordar una industria determinada. “Lo que hace interesante a cada caso es el conflicto suscitado entre las partes y cómo los abogados lo plantean al tribunal, tanto en lo argumentativo como en lo probatorio. El hecho de que sea un tema de construcción, energía, societario o arrendamiento solo da el marco legal dentro del cual el tribunal debe resolver, pero lo desafiante es que, en cada caso, se debe lograr llegar al fondo del asunto en términos fácticos para luego aplicar correctamente la ley o equidad, habiendo realizado un justo análisis de lo que los abogados plantean”, agregó Amenábar.
Credenciales
Catalina Amenábar es egresada de la Universidad de Chile y es Máster en Derecho Internacional, Inversiones y Comercio y Arbitraje por dicha casa de estudios y por la Universidad de Heidelberg / Heidelberg Center para América Latina, y actualmente es counsel de la firma internacional DLA Piper. Pedro Rencoret también egresó de la Universidad de Chile y es Máster en Derecho por la Universidad de Chicago y socio del estudio Pellegrini y Rencoret.