Entran en vigencia nuevas modificaciones que buscan agilizar la entrega de permisos de construcción
La ley tiene una implementación en tres etapas, y este martes comenzaron a regir las primeras disposiciones.
Por: Laura Guzmán | Publicado: Miércoles 15 de enero de 2025 a las 04:00 hrs.
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En medio de la discusión sobre el fenómeno de la permisología, el pasado 29 de noviembre se publicó una nueva normativa que introduce modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), con el objetivo de simplificar y agilizar el proceso de tramitación de permisos de construcción.
La nueva ley tiene una implementación programada en tres etapas, y en la mañana de este martes, comenzaron a regir las primeras disposiciones.
Primera fase
Específicamente, las Seremis del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -en ausencia del Director de Obras Municipales (DOM)- podrán revisar y autorizar permisos y certificados establecidos en la LGUC y otras leyes especiales, incluyendo trámites de copropiedad inmobiliaria.
La normativa también redefine las responsabilidades de los profesionales involucrados en proyectos de construcción, como arquitectos, especialistas en cálculo estructural y expertos en mecánica de suelos. En este sentido, la ley subraya que la responsabilidad recae principalmente en ellos y los propietarios, mientras que la DOM asume un rol de fiscalización.
Además, ahora habrá obras que no requerirán permiso de construcción, pero deberán ser habilitadas mediante declaraciones juradas ante la DOM, y las infracciones asociadas prescribirán en un año desde su comisión.
También se habilita la ejecución simultánea de obras de ampliación aprobadas en un mismo predio para establecimientos de salud, educacionales y deportivos.
La labor de la DOM
Este nuevo cambio introduce regulaciones más claras sobre cómo la DOM debe manejar las solicitudes de permisos de construcción. Por ejemplo, si un proyecto no cumple con las normas urbanísticas o los requisitos legales, la entidad deberá emitir un acta que incluya todas las observaciones en un solo documento.
Así, el solicitante dispondrá de 60 días corridos para subsanar o aclarar las observaciones, con la posibilidad de responder en varias etapas. De no hacerlo en el plazo, la DOM podrá rechazar la solicitud. Por otro lado, las solicitudes iniciales sólo podrán ser denegadas si falta algún documento obligatorio.
El 30 de mayo entrará en vigor el segundo grupo de normas; mientras que el tercero dependerá de la modificación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.