Compromiso de directorio y gerencias, la piedra de tope de guías de cumplimiento
Algunos expertos señalan que el documento debe ser revisado. La FNE dice que aún debe evaluarse su efectividad.
- T+
- T-
Por Paula Vargas
A prácticamente dos años del lanzamiento de la guía de Cumplimiento de Libre Competencia por parte de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), la evaluación sobre su implementación en las empresas -al menos en las de mayor exposición a conflictos de este tipo- es positiva. De hecho, una encuesta realizada por Deloitte señala que el 68% de los entrevistados manifestó que cumplió con el objetivo de poner sobre la mesa la necesidad de contar con un programa de cumplimiento para prevenir infracciones de competencia.
No obstante, ya comienzan a emerger los primeros escollos en cuanto a la ejecución y efectividad de dichos programas. Abogados expertos en libre competencia coinciden en que una de las mayores dificultades ha sido generar conciencia tanto en la administración, como en el directorio, que cumplir con esta guía no es un mero trámite. “Es importante que los agentes económicos asuman que no se trata de una moda, sino de normas de conducta que deben internalizar dentro del día a día de sus operaciones, tal como sucede con las normas tributarias y laborales”, enfatiza Carla Bordoli, socia de Bordoli, Doren & López.
Ricardo Riesco, socio de Philippi, agrega que para su funcionamiento adecuado se requiere del compromiso absoluto de la plana directiva de la compañía y también de sus empleados. “Ello implica tiempo, esfuerzo y costos (...) Las compañías que pretenden implementar esta guía deben convencerse que es mejor hacer esfuerzos para intentar prevenir en vez de curar”, alerta.
Por otro lado, Riesco advierte que hasta ahora no se sabe si una empresa que haya implementado la guía de la FNE se eximirá de responsabilidad o al menos si ésta se atenuará si, pese a haberla ejecutado, incurre en alguna práctica anticompetitiva (...) Aún no hay jurisprudencia del TDLC al respecto”, dice acerca de las dudas y dificultades que se han detectado tras la implementación de estos programas.
Sin embargo, para la FNE, precisamente la importancia de contar con esta guía de cumplimiento en materia de libre competencia radica en que se trata de la primera que reconoce expresamente la posibilidad de que la autoridad de competencia reduzca su pretensión de multa, si es que la empresa investigada logra acreditar el cumplimiento de buena fe.
Revisión
Con todo, algunos expertos señalan que llegó la hora de revisar el documento marco de la autoridad en esta materia. “Creo que habiendo pasado ya más de dos años desde que se dictó, podría ser el momento de que la FNE haga una revisión y analice si vale la pena precisarla (...)sobre todo con la experiencia que tanto la fiscalía como los que nos dedicamos a estos temas hemos podido recoger en estos años”, advierte Juan Sebastián Valdés, abogado de Ortúzar, Vergara & Boetsch, Frente a esta recomendación en la FNE fueron enfáticos y descartaron revisarla en el corto plazo ya que se trata de una guía relativamente nueva y aún debe evaluarse su efectividad.
Programas
Pese a las dudas, en estos dos años se ha avanzado en una cierta sofisticación de los programas de cumplimiento. Las empresas más expuestas, como las de telecomunicaciones y retail, por ejemplo, han implementando guías que van más allá de la charla anual a las distintas jefaturas.
Jorge Fantuzzi, de FyK Consultores, comenta que en la firma que dirige han desarrollado procesos para establecer mecanismos efectivos de prevención especial para cada una de las áreas de la compañía. “La ejecución de un programa previene, por ejemplo, el envío de mails inapropiados a proveedores o compradores, la fijación de precios que puedan significar algún tipo de abuso o la toma de decisiones comerciales que impidan la entrada de nuevos comepteidos”, explica. Asimismo, han hecho sistemas de screening o alertas para verificar que la información que proveen los distintos estamentos de la empresa se traduzca en la prevención de acciones contrarias a la libre comeptencia.