Uber pide a la Dirección del Trabajo dejar sin efecto su dictamen sobre las aplicaciones digitales
Para la firma, el servicio incurre en un “vicio de exceso de competencia” al arrogarse la facultad de calificar la naturaleza jurídica del vínculo existente entre trabajadores y plataformas digitales.
- T+
- T-
El dictamen que publicó hace unos días la Dirección del Trabajo (DT) sobre la Ley que regula el trabajo en aplicaciones digitales sigue generando reacciones al interior de los actores del mercado laboral. Y, recientemente, Uber se pronunció y manifestó su desacuerdo con el documento.
De hecho, este miércoles la firma presentó ante el servicio un recurso de reposición en el que solicitan que se deje sin efecto el dictamen que interpreta la Ley, ya que sostienen que el pronunciamiento es contrario a la naturaleza de la normativa que fue despachada por el Congreso.
Desde la empresa cuestionan los lineamientos que entregó la DT respecto de lo que se entenderá como trabajador dependiente e independiente de aplicaciones, particularmente en los aspectos que darían indicios de la existencia de un vínculo de subordinación y dependencia entre las aplicaciones y las personas.
“Para el dictamen, hay subordinación y dependencia (o sea relación laboral) si la plataforma ‘determina’ directa o indirectamente el monto de dinero que recibirá el trabajador. Pero el legislador, expresamente, ha exigido que la plataforma incluya, como contenido ‘mínimo’ del contrato del trabajador independiente, las condiciones con las que la plataforma ‘determina’ el monto de dinero a pagar por los servicios del trabajador”, cuestiona el texto presentado por Uber al organismo fiscalizador.
Para Uber el dictamen impide que esta regulación produzca sus efectos, al restringir “excesivamente y contra el texto y espíritu de la ley” la posibilidad de prestación de los servicios por parte de trabajadores independientes en plataformas digitales de servicios.
En el recurso, la firma recalca en varias oportunidades que en el debate legislativo se estableció que serán los tribunales laborales los encargados de definir la existencia o no de un vínculo laboral entre las aplicaciones y las personas.
Así, desde la perspectiva de la empresa, el servicio incurre en un “vicio de exceso de competencia adicional e independiente” al arrogarse la facultad de calificar, por sí y ante sí, la naturaleza jurídica del vínculo existente entre trabajadores y plataformas digitales.
En el documento la empresa enfatiza que la Ley visada por el Parlamento “protege la independencia y flexibilidad de quienes desarrollan actividades a través de las plataformas”, ya que crea las condiciones para que puedan obtener beneficios de salud, seguridad social, seguros , capacitación y elementos de protección, y el dictamen establecería lineamientos más allá de la normativa.
“Esta semana, a menos de dos meses de su entrada en vigencia, la interpretación de la Dirección del Trabajo, que solicitamos sea dejada sin efecto, toma distancia de la ley aprobada y no refleja su espíritu ni el debate que se dio en el Congreso”, declararon desde la firma.