Trabajadores acusan una débil partida de la Ley de conciliación laboral
Un sondeo entre 1.000 personas con empleo, realizado por la Organización Yo Quiero Estar, mostró un alto rechazo de las propuestas planteadas para aliviar la situación de cuidado.
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El pasado 29 de enero entró en vigencia la Ley de Conciliación de la vida personal, familiar y laboral, normativa que entre sus ejes establece el derecho a desempeñar trabajo a distancia o teletrabajo, de modo de facilitar el rol de quienes cumplen como cuidadores y en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita.
El beneficio aplica a aquellos trabajadores que son madres o padres responsables de niños o niñas menores de 14 años, o que tengan a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.
Para saber cómo ha sido la reacción de las empresas a esta legislación, la organización de la sociedad civil Yo Quiero Estar realizó un sondeo, entre el 15 de febrero y el 10 de marzo, a 1.000 trabajadores y trabajadoras que quieren acceder a las modalidades que ofrece la legislación, para conocer cuál ha sido la reacción de sus empleadores y qué tipo de modalidad están aceptando.
De acuerdo con el sondeo, la legislación debutó con debilidad. Un 66% de las solicitudes enviadas por los encuestados para teletrabajar o implementar alguna modalidad híbrida fue rechazada, y solo a un 9% se le aceptó.
¿Y el resto? A un 12% sus empleadores le respondieron con una fórmula alternativa de trabajo híbrido o teletrabajo; a un 6% no le han respondido aún; y un 3% no se ha atrevido a solicitar por miedo a represalias internas.
Según la encuesta, la principal razón de los empleadores para negarse a estas modalidades se vinculan con que ya se cuenta con alguna modalidad de trabajo híbrido al interior de la organización (35%) y que la empresa exige presencialidad (56%).
Para acceder al teletrabajo, la legislación establece que la persona trabajadora deberá presentar su requerimiento por escrito, formulando una propuesta en la que se contenga la combinación fija de tiempos de trabajo presencial en el establecimiento, instalación o faena de la empresa, y de tiempos de trabajo fuera de ellas, pudiendo distribuir las horas durante la jornada diaria o semanal.
El empleador deberá responder dentro de los 15 días siguientes, pudiendo ofrecer una fórmula alternativa o rechazar la propuesta, en cuyo evento deberá acreditar que la naturaleza de las funciones de la persona trabajadora no permite la modalidad remota.
Diálogo
De los trabajadores que recibieron una negativa a su solicitud, un 32% hará una contrapropuesta, un 30% acudirá a la Dirección del Trabajo y un 21% va a aceptar la decisión.
En una vereda más extrema, un 8% está evaluando renunciar y un 5,8% se está abriendo a la opción de buscar otro trabajo.
Para Verónica Campino, cofundadora de “Yo Quiero Estar”, los resultados evidencian que aún es necesario que las empresas interioricen el concepto de conciliación en sus estructuras de funcionamiento.
“Hacemos un llamado a las empresas a respetar la Ley, sus principios y su alcance; y a trabajadores cuidadores a usar el teletrabajo con responsabilidad. Humanizar los lugares de trabajo no significa menor productividad o resultados económicos. Al contrario, la evidencia es clara: los países que progresan son aquellos con políticas inclusivas y no al revés”, dice Campino.
Los primeros casos
Ignacio Pavez, trabajador del área de contabilidad de la Empresa San Antonio Terminal Internacional S.A., cuenta que tras interiorizarse de los alcances de la normativa -y de la mano de la organización Yo Quiero Estar- logró que su empleador accediera a su solicitud de contar con trabajo híbrido.
“Estoy muy contento y agradecido, ya que gracias a esto puedo compatibilizar mi rol de papá con el de trabajador, lo cual mejora enormemente mi calidad de vida y la de mi familia”, asegura.
Paula, que se desempeña en una firma de fletes internacionales, cuenta que solicitó teletrabajo en un 100%, pero su empresa le respondió con una alternativa. “Me ofrecieron dos días remoto y acepté”, expone, señalando que dicho formato igual le permite estar más tiempo con su hijo que tiene Trastorno del Espectro Austista (TEA).
Un caso más extremo es el de Paz, trabajadora en un banco. Según relata, le planteó trabajar tres días presenciales y dos a distancia, pero su empleador se negó. “Hice una contrapropuesta y me ofrecieron un día remoto. Insistí, pues mis funciones son compatibles con la modalidad solicitada, sin embargo, mi jefatura me dijo que no iba a aceptar ninguna solicitud. Finalmente, llegamos a un acuerdo, y renuncié a la empresa”, señala.
Para Campino la Ley exige al empleador promover el equilibrio entre el trabajo y la vida privada. “Es importante sensibilizar sobre la importancia de la conciliación dentro de las empresas y las consecuencias que hoy estamos viviendo al no querer hacernos cargo: baja sistemática de la natalidad y una infancia y adolescencia que se está criando en soledad”, acota.