Reforma: comisión aprueba nueva tasa de desarrollo y restricciones a uso de pérdidas tributarias
Discusión se entrampó en las limitaciones a la renta presunta. En tanto, el SII adelantó que trabaja en beneficios a contribuyentes con predios tomados que pagan contribuciones.
- T+
- T-
Luego de dos semanas de pausa, la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados retomó la discusión de la reforma tributaria, avanzando en dos temas clave del nuevo sistema a la renta.
El primero se refiere a la denominada tasa de desarrollo, que implica un 2% que podrá descontarse por una serie de gastos que realicen las empresas en virtud de una mayor productividad, como desembolsos en patentes de propiedad industrial, certificaciones y la inversión en innovación y desarrollo, por ejemplo.
Esta tasa de 2% corresponderá a la diferencia entre el 2% de la renta líquida imponible y la suma de los desembolsos efectuados por el contribuyente, dentro del ejercicio correspondiente, que califiquen como inversión en productividad.
La propuesta del Gobierno fue aprobada por cinco votos a favor y cuatro en contra, pero con modificaciones: por ejemplo, el Ejecutivo ya no considerará esa tasa como un mayor impuesto corporativo, por lo que dejará de ser un gravamen de categoría ni podrá ser utilizado como crédito.
Esto implicará un leve aumento en la carga para los contribuyentes extranjeros de países con convenio para evitar la doble imposición con Chile, pasando desde el 35% actual a una cifra algo sobre el 36%, explicó el co-coordinador de Política Tributaria de Hacienda, Diego Riquelme. Un análisis de la socia de PwC, Loreto Pelegrí, apuntaba a una línea similar en esta materia.
El otro cambio que se aprobó en la comisión fue la restricción en el uso de las pérdidas tributarias a partir de 2025 de forma gradual, para llegar a un 50% de la renta líquida imponible a partir de 2027.
Tensión por renta presunta
Donde el trámite se ralentizó fue al llegar a un tema sensible: las restricciones al régimen de renta presunta.
La reforma propone bajar el umbral de ventas para acceder al régimen, hoy ubicado en 9.000 UF para el rubro agrícola, 5.000 UF para transportistas y 17.000 UF para los mineros, reemplazándolos por un tope unificado de hasta 2.400 UF.
El tema levantó suspicacias en algunos legisladores, como el DC Ricardo Cifuentes, quien dijo que el número merecía una mayor explicación, o el RN Miguel Mellado, que pidió una mayor gradualidad para que los contribuyentes de menor tamaño se adapten a estos nuevos límites.
La subsecretaria de Hacienda, Claudia Sanhueza, defendió la norma, señalando que al momento de fijarse los actuales límites, a mediados de los 70, era “otro mundo”, con “menos información” respecto a los contribuyentes. De hecho, mencionó que con el nuevo límite unos 10 mil contribuyentes saldrían del régimen presunto, en el que hoy tributan 90 mil personas y empresas. El artículo se discutirá hoy en la comisión.
Adicionalmente, el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Hernán Frigolett, adelantó que están analizando medidas administrativas que beneficien a contribuyentes que hoy tienen sus predios tomados pero que siguen pagando contribuciones por esos bienes raíces.