Nadie discute la capacidad del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para recaudar dinero para el Estado. De hecho, en Chile representa más del 50% de los ingresos fiscales. Sin embargo, tiene detractores que destacan que su inconveniente es que lo resiente más la población de menores recursos, que, al destinar mayor parte de sus ingresos al consumo, paga proporcionalmente más de sus ingresos en este impuesto.
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Para cubrir nuevos gastos fiscales el alza del IVA casi siempre aparece como opción. Ya fue fuente permanente de recursos en los ’90 y este año volvió a la palestra cuando desde el Ministerio de Hacienda y algunos centros de estudio se planteó subirlo -al menos un punto- para engordar las arcas del Estado y financiar así un aumento en las pensiones. Hubo análisis técnicos más sofisticados que sugirieron destinar parte de lo recaudado por esta vía para lograr el mismo objetivo.
En los dos casos, el fantasma siempre es el mismo: el riesgo de afectar a la población de menos ingresos.
Ni tasas bajas ni exenciones
La experiencia internacional muestra que se puede optar por caminos que eviten el negativo efecto en los hogares más pobres. Se trata de las compensaciones monetarias directas focalizadas, es decir transferencias en dinero que hace el Estado a las personas de más bajos recursos. Estas, a juicio de los expertos, son más efectivas que aplicar tasas más bajas o exenciones, ya que pueden ajustarse al nivel de ingresos y a las características familiares.
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Tampoco convence el efecto distributivo de las exenciones, que son tratamientos especiales para algunos sectores, eximiéndolos del pago de impuestos, como en el caso de la salud, la construcción, la educación y el transporte, entre otros.
En Chile, el Estado deja de percibir por exenciones del IVA un 0,5% del PIB, según el informe de Gasto Tributario 2018 a 2020, elaborado por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
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Para analizar
En este contexto desde la OCDE, Thomas destaca dos conceptos que pueden ser mirados desde Chile. El primero es que la compensación del IVA se puede interpretar como una expansión de las transferencias de dinero en apoyo a los pobres. Y el segundo, es la viabilidad de que los programas sociales existentes se utilicen para entregarlas.
¿Seguirá estos pasos Chile?. Al menos, podría ser un tema que puede analizar el grupo de economistas que conformó Hacienda para revisar las exenciones y regímenes especiales del sistema tributario chileno, que tiene plazo de entrega junio de 2021.
De hecho, Thomas resaltó como un componente a favor para seguir este camino al Registro Social de Hogares (RSH), que es considerado por la OCDE como modelo para la región en focalización de programas sociales.
¿Regresivo, progresivo o proporcional?
Con el telón de fondo de la pandemia, la OCDE publicó en agosto un estudio en donde sugiere que puede haber margen para que varios países realicen reformas al cobro del IVA como un camino para “abordar las necesidades de ingresos de los gobiernos”.
Una recomendación que no pasó desapercibida entre los expertos de todo el orbe, ya que además asevera que “estos ingresos pueden ser generados con efectos distributivos menos significativos de lo que se pensaba anteriormente”.
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Con la mirada desde la perspectiva del gasto en que incurren las personas y luego de actualizar un análisis realizado en 2014, el investigador de la OCDE asegura que en general el IVA -en los países que integran la organización- es un impuesto proporcional, “ligeramente” progresivo en algunos casos o “marginalmente” regresivo en otros como Chile, por ejemplo.
De hecho, para el caso de Chile asevera que aún cuando se encuentra dentro del pequeño grupo de países que por tener una amplia base del consumo gravada registran un “muy pequeño grado de regresividad”, incluso así todos ellos están cercanos a la proporcionalidad.
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No obstante estas divergencias, todos llegan a un consenso: el negativo efecto que tiene sobre el poder adquisitivo de los hogares más pobres.
Thomas reconoce que “para abordar tales inquietudes, recomendamos el uso de créditos fiscales específicos o pagos de beneficios para compensar” dirigido a dicho segmento.