Gobierno anuncia cambios a exenciones tributarias para financiar pensiones: impactará a las ganancias de capital, IVA a empresas constructoras y viviendas DFL-2
Con los cambios, el Ejecutivo busca financiar los US$ 1.100 millones que cuesta la ampliación del Pilar Solidario.
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Finalmente, esta tarde el presidente de la República, Sebastián Piñera, firmó el proyecto de ley que aumenta la cobertura del Pilar Solidario, desde el 60% al 80% de la población, con un costo fiscal en régimen de US$ 1.100 millones, equivalente a 0,3% del Producto Interno Bruto (PIB).
El mandatario, acompañado por los ministros de Hacienda, Rodrigo Cerda; del Trabajo, Patricio Melero; y de Desarrollo Social, Karla Rubilar, dio a conocer la fuente de financiamiento de las nuevas responsabilidades fiscales, apuntando a la eliminación o ajuste de una serie de exenciones y regímenes especiales tributarios "que no se justifican".
Así, detalló que se modificarán los beneficios que eximen del pago de impuestos las ganancias de capital en operaciones bursátiles líquidas, haciendo que ahora tributen.
Hoy, el artículo 107 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR) establece que las ganancias de capital obtenidas en la transacción de ciertos instrumentos con presencia bursátil, constituyen un ingreso no renta. La franquicia no distingue en cuanto al tipo de inversionista: aplica a personas naturales residentes, personas jurídicas residentes y extranjeros.
Entre dichos instrumentos, se incluyen las acciones de sociedades anónimas abiertas constituidas en Chile con presencia bursátil; las cuotas de fondos de inversión públicos con presencia bursátil -o que a lo menos el 90% de la inversión se destina a acciones con presencia bursátil-; y cuotas de fondos mutuos cuya inversión se realice en a lo menos 90% en valores con presencia bursátil, o que tengan presencia bursátil y cumplan con cierta composición respecto de a lo menos el 90% de sus activos (chilenos y extranjeros).
Hacienda calculó que por año se dejan de percibir US$ 351 millones por este beneficio.
Foco en la construcción
A su vez, también anunció que se restringirá el crédito especial del IVA en favor de las empresas constructoras, que les permite recuperar lo pagado por dicho gravamen.
Hoy, las compañías del sector tienen derecho a deducir del monto de sus pagos provisionales obligatorios (PPM) el 65% del débito del IVA que deban determinar en la venta de bienes inmuebles para habitación cuyo valor no exceda de UF 2.000, con un tope de hasta UF 225 por vivienda. Si la empresa constructora no realiza PPMs o el monto del débito es superior al PPM correspondiente, podrá imputar el beneficio a otros impuestos o emplearlo en ejercicios posteriores.
Para acceder a este beneficio, las constructoras deben recargar a los compradores de los inmuebles un 35% del IVA de la venta. Sin embargo, las empresas declaran ante el SII el 100% del débito IVA.
El beneficio también procede en las ventas exentas de IVA de inmuebles adquiridos por beneficiarios de subsidios habitacionales. En este caso, el beneficio es equivalente a un 12,35% del valor de la venta y se deduce de los PPMs en la forma señalada previamente y con igual tope.
¿El costo fiscal de este beneficio? US$ 669 millones al año, según Hacienda.
Otro ajuste que contempla el proyecto es restringir el régimen especial para las viviendas DFL-2. Piñera dijo que el beneficio será restringido para quienes posean más de dos inmuebles con franquicia DFL-2.
La normativa actual estable que las personas naturales propietarias de viviendas económicas -que tengan una superficie edificada no superior a 140 m2 y cumplan otros requisitos- tienen derecho a beneficios tributarios, como la exención del impuesto de timbres y estampillas en la primera transferencia, el no pago del impuesto a las herencias y donaciones, una rebaja del 50% del gravamen a las herencias y donaciones en la segunda transferencia, reducción a la mitad del impuesto de timbres y estampillas por un número determinado de años que depende del tamaño de la vivienda, y que las rentas por arrendamiento son consideradas ingreso no renta y, por tanto, no pagan impuestos.
Hacienda calculó que el Fisco deja de percibir US$ 354 millones al año por este tratamiento especial.
Servicios y seguros de vida
También, el mandatario señaló que algunos servicios pasarán a estar afectos con IVA, pero sin entregar mayores detalles. Hoy, la mayoría de los servicios y actividades profesionales se encuentran exentas del impuesto al valor agregado. El Ejecutivo reveló en abril que deja de recaudar US$ 457 millones por esta exención.
Un último ajuste anunciado por el Jefe de Estado es limitar los beneficios del impuesto a las herencias y donaciones de los seguros de vida.
Hoy, las sumas percibidas por los beneficiarios en cumplimiento de contratos de seguros de vida constituyen un ingreso no renta, por lo que no se encuentran gravadas con impuesto a la renta. Adicionalmente, dichas sumas tampoco se gravan con el impuesto a las herencias y donaciones.
Piñera señaló que el proyecto que considera los aumentos de pensiones y los cambios a las exenciones tributarias ingresará a la Cámara de Diputados con urgencia de "discusión inmediata", pidiendo a los parlamentarios aprobarla con celeridad.