Flexibilización de requisitos y aumento de monto marcan las modificaciones a la ley de I+D
Los cambios que se proponen a la ley de incentivo tributario a la Investigación y Desarrollo buscan masificar su uso, incorporar a las PYME y llegar a proyectos de mayor inversión. También se propone una nueva tasa de desarrollo del 2% de las utilidades, la que podrá pagarse como impuesto o descontar como gasto en productividad.
- T+
- T-
Actualmente, la ley 20.241 -que data de 2008- establece un incentivo tributario para la inversión en I+D (Investigación y Desarrollo), que permite a las empresas rebajar del impuesto de primera categoría -que grava las utilidades corporativas- hasta el 52,55% de los recursos destinados a actividades de I+D. De este total, un 35% de ese gasto se rebaja como crédito tributario directamente del impuesto de primera categoría con un máximo de 15 mil UTM al año. Y el 65% restante se reconoce como gasto necesario para producir la renta (se deduce de la base de impuestos), independiente del giro de la empresa.
En enero de 2021, se publicó una modificación al inciso final del artículo 17 de la ley, correspondientes a los gastos que pueden considerarse en un proyecto de I+D. Entre estos, se incluyen aquellos relacionados con recursos humanos; de operación; contratos con personas jurídicas nacionales o extranjeras; por uso o goce bienes muebles o inmuebles -vehículos, oficinas, laboratorios o similares-; servicios básicos; protección de la propiedad intelectual; adquisición o fabricación de equipos e instrumental -como computadores o equipos de investigación; y compra de inmuebles, como laboratorios, plantas piloto o talleres.
Las modificaciones
La nueva reforma tributaria, en trámite en la Cámara de Diputados, considera modificaciones a 20 artículos de la ley 20.241, con los que el Gobierno busca que más empresas accedan al beneficio y así duplicar el gasto en I+D.
Entre las propuestas, se triplica el tope del crédito tributario entregado a las empresas a 45.000 UTM (unos $ 2.500 millones), desde las 15.000 UTM actuales, permitiendo la entrada de proyectos de investigación y desarrollo de mayor inversión. También se flexibilizan requisitos para que todas las empresas puedan acogerse de manera más eficiente y expedita.
Además, incorpora cambios para permitir que las PYME usen el beneficio: no se les aplicará el requisito de tener contabilidad completa para acogerse, y se añade la opción de acceder a un crédito reembolsable en caso de que estas tengan pérdidas en el resultado anual del impuesto a la renta, el que funcionará como un subsidio directo.
Uno de los sellos que el Gobierno busca poner, es fomentar los proyectos de I+D “verdes”. La propuesta establece un aumento al 50% del crédito en caso de que este tipo de investigación y desarrollo genere un impacto medioambiental positivo directo. Es decir, que permitan menor uso de combustibles fósiles y que faciliten la mitigación, adaptación o resiliencia al cambio climático.
También aplicará el mismo aumento cuando las empresas contraten a personal con doctorado, toda vez que su jornada sea exclusivamente dedicada al desarrollo de proyectos I+D.
La actual ley tiene vigencia hasta 2025, pero la reforma establece que sea permanente, para entregar certezas a aquellos que quieran invertir en I+D.
Nueva tasa de desarrollo
La propuesta de reforma tributaria también incluye una rebaja de 27% a 25% del impuesto de primera categoría para las empresas, a condición de que esa diferencia se invierta en aumentar su productividad.
De esta manera, esta nueva tasa de desarrollo de 2% a las utilidades se podrá pagar en forma de impuesto -en caso de que no se acredite gasto en productividad – o rendir como gasto en este ámbito.
Entre esos gastos, se contemplan aquellos en I+D, pero que no correspondan al crédito tributario del 35%, sino al 65% restante acreditado. También los destinados al registro y protección de la propiedad industrial, certificaciones de normas ISO y la adquisición de manufactura y servicios de proveedores locales.
Resultado tributario de una start up que
invierte en I+D. Situación actual con y sin reforma
Concepto | Cantidad ($) |
Ingresos | 165.000.000 |
Gastos operacionales | 100.000.000 |
Gastos en I+D | 100.000.000 |
Crédito I+D | 35.000.000 |
Renta líquida imponible, situación actual | -35.000.000 |
Renta líquida imponible, con cambios a la ley I+D | 0 |
Fuente: Ministerio de Hacienda
Efecto en startup
Un ejercicio elaborado por Hacienda busca aterrizar el efecto para una startup.
Se asume una compañía cos ingresos de $165 millones anuales, con gastos operacionales de $ 100 millones anuales. Realiza una inversión en I+D de $ 100 millones al año. Al estar en el régimen Pyme, lleva una contabilidad simplificada, quedando excluida de la ley de incentivos tributarios al I+D, que otorga beneficios tributarios por hasta el 35% del gasto en I+D. Así, tendrá pérdidas en el ejercicio por $ 35 millones.
La reforma incorpora a las Pymes a la ley de incentivos al I+D, eliminando el requisito de llevar contabilidad completa. Al acogerse a la ley de I+D, obtendrá un crédito tributario por el 35% de su gasto, equivalente a $ 35 millones. Así, evitará tener pérdidas, alcanzando un resultado de $ 0. Al no tener utilidades contra las cuales utilizar el crédito tributario, este beneficio se transforma en subsidio directo, explican.
Ejemplo de Aplicación Ley I+D
PROYECTO | Desarrollo de equipos y sistemas autónomos | ||||
INDUSTRIA | Industria Minera | ||||
INVERSIÓN ESTIMADA 2022-2025 | $ 36.000 millones ($9.000 millones/año) | ||||
Crédito Generado (*) | Año | 2022 | 2023 | 2024 | 2025 |
Ley I+D Vigente (**) | $ 881.580.000 | $ 881.580.000 | $ 881.580.000 | $ 881.580.000 | |
Modificación Ley I+D (***) | $ 881.580.000 | $ 2.644.740.000 (****) | $ 2.644.740.000 (****) | $2.644.740.000 (****) |
(*) Valor UTM referencial (Agosto 2022): $58.772. (**) Aplica monto anual máximo de crédito de 15.000 UTM. (***) Aplica monto anual máximo de crédito de 45.000 UTM desde su vigencia.
(****) Válido también para proyectos certificados o cuya solicitud de certificación se haya realizado previo a la vigencia de la modificación de la norma actual (Artículo sexto transitorio). Fuente: Deloitte, agosto de 2022
¿En qué está la tramitación de este artículo?
- Los cambios que trae la reforma a los incentivos tributarios para I+D y la tasa de desarrollo de 2% se encuentran en distintos capítulos del proyecto.
- Así, la tasa de 2% está bajo el paraguas de los cambios al impuesto a la renta, ya que modifica el gravamen de primera categoría a las utilidades corporativas.
- Mientras que las modificaciones a los incentivos fiscales de I+D forman parte de las medidas de apoyo para las PYME y el capítulo sobre políticas de apoyo a la productividad.
- Hasta el momento, ambos temas han sido valorados por los parlamentarios y los expositores que han asistido a la comisión de Hacienda de la Cámara, por lo que no han sido objeto de controversia como otros artículos, como los cambios al DFL-2 o el impuesto al patrimonio.
ANÁLISIS
Expertos destacan las medidas,
pero ven espacio para mejorar
Hay consenso en que la propuesta entrega señales positivas tanto a PYME como a grandes empresas. No obstante, para algunos se puede avanzar en acortar los plazos de certificación de los proyectos y en precisar ciertos conceptos relacionados con la tasa del 2%.
Desde hace un tiempo que en el ecosistema se venía hablando de la necesidad de hacer cambios a la Ley de Incentivo Tributario a la I+D (Investigación y Desarrollo), sobre todo para ampliar el beneficio y llegar a más segmentos como la Pequeña y Mediana Empresa (PYME). Finalmente, el Gobierno optó por incorporarlos en la propuesta de reforma tributaria.
Tres expertos, Isabel Salinas, socia fundadora de Cataliza I+D+i; Hernán Cheyre, presidente del Consejo del Centro de Investigación de Empresa y Sociedad de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad del Desarrollo; y Cristián Meneses, socio de Tax & Legal de Deloitte, coinciden en que las modificaciones propuestas “van en la línea para mejorar la legislación actual”.
“No solo se mejora I+D, también temas relacionados a transferencia tecnológica como la compra de bienes y servicios con alto contenido tecnológico”.
Hernán Cheyre, presidente Consejo Cies UDD.
“Incrementar el beneficio tributario a 45 mil UTM abre un espacio y permitirá incentivar a grandes empresas a invertir sistemáticamente en estos proyectos”.
Isabel Salinas. socia de Cataliza i+d+i.“Se cumple un anhelo de la industria (…) con estos cambios quedamos en la vanguardia”.
Cristián Meneses, socio de Tax & Legal de Deloitte.
Salinas, también exdirectora de incentivo tributario I+D de Corfo, comenta que si bien no son iniciativas disruptivas o novedosas, sí permiten “nivelar” el escenario de incentivos tributarios que ha avanzado en el tiempo, además de entregar una señal a las grandes compañías.
“El hecho de incrementar el beneficio tributario a 45 mil UTM le abre un espacio y permitirá incentivar a grandes empresas a invertir sistemáticamente en este tipo de proyectos”, afirma Salinas.
También valora como “excelente” la vigencia de carácter permanente a la ley, pues amplía las certezas para aquellos que busquen invertir en esta área.
Esta mirada la comparte Meneses de Deloitte, quien sostiene que con estos cambios se cumple un “anhelo” de la industria, en el sentido que financiar este tipo de proyectos requería de una inversión grande y “con estas nuevas incorporaciones estamos en la vanguardia”.
Cheyre, exvicepresidente ejecutivo de Corfo, califica el proyecto como “bien jugado” y destaca que hace una apuesta importante para mejorar la I+D en el país.
“Los cambios están bien enmarcados, donde no solo se mejoran temas de I+D, sino también los relacionados a transferencia tecnológica como la compra de bienes y servicios con alto contenido tecnológico”, comenta el economista.
Otro punto que destacaron los expertos fue la entrada de las PYME para que se puedan acoger a este beneficio tributario.
“Se incorpora una modalidad de reembolso para que puedan recibirlo de manera anual en la declaración de impuesto a la renta respecto del 35% del gasto que realizan en sus proyectos I+D”, sostiene Salinas, subrayando que esta medida ha sido impulsada en países como Francia, Australia y Canadá.
En esa línea, Meneses pone el acento en la necesidad de incentivar que estos emprendimientos se “atrevan” a hacer inversiones en I+D y, a la vez, puedan optar a ese beneficio en caso de que no obtengan los resultados esperados.
Aspectos a mejorar
Si bien las miradas de los expertos son mayoritariamente positivas en torno a las modificaciones que busca esta reforma, señalan que hay espacios para avanzar aún más.
Meneses de Deloitte comenta que un punto a mejorar tiene que ver con los plazos de resolución que tiene Corfo para certificar proyectos, que actualmente son 180 días. Plantea que este período podría “acortarse” y así lograr que estos proyectos puedan obtener la certificación más rápido y desarrollarse con más anticipación.
Por otro lado, tanto Meneses como Cheyre señalan que un aspecto a tener en consideración es la forma en cómo está redactada la propuesta de nueva tasa de desarrollo de 2%.
Advierten que conceptos como “alto contenido tecnológico” y otros relacionados deben ser “precisados” para que no se presten a interpretaciones que puedan perjudicar la entrada de nuevos proyectos de I+D.
Cheyre también comenta que el apartado en que se habla de la adquisición de bienes y servicios desarrollados por personas o empresas bajo apoyo público a través de programas de innovación y emprendimiento de Corfo es “discriminatorio” para aquellos que no tienen dicho apoyo. Dice que esto podría generar que personas que no necesiten estos recursos accedan a ellos “cuando sabemos que estos (recursos) son bien limitados”.