Por 64 votos, la Cámara aprobó las enmiendas del Senado al proyecto, que modifica el reintegro parcial del impuesto específico al petróleo diésel, que los transportistas de carga pueden recuperar y que expiró en diciembre de 2012.
El proyecto original ampliaba el plazo hasta el 2016; en el primer trámite en la Cámara se redujo al 2015; y el Senado finalmente lo dejó establecido hasta el 2014, criterio que hoy fue ratificado por los diputados.
El porcentaje de reintegro parcial, establecido en la ley Nº 19.764 y que regía a contar del 1º de julio del año 2006, era del 25% de las sumas pagadas por concepto de impuesto específico, cifra que se ha ido incrementando a partir del año 2008 por diversas iniciativas.
En la actualidad los porcentajes de reintegro según tramos son: 80% para contribuyentes con ingresos anuales iguales o inferiores a dos mil 400 unidades de fomento (UF); 70% para ingresos que no excedan las UF 6 mil; 52,5% para contribuyentes hasta 15 mil y 31% para ingresos anuales superiores a esa cifra.
El proyecto, extiende la vigencia de este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2014 e incrementa el tope para el segmento que recibe 52,5% de reintegro, a UF 20 mil, permitiendo que más contribuyentes puedan obtener una devolución mayor.
Tras la aprobación en la Cámara, la iniciativa culminó su tramitación en el Congreso y fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.