La ministra de
Hacienda (s), María Olivia Recart y el viceministro de Suiza, Michael
Ambuhl, suscribieron hoy el Convenio entre Chile y Suiza para evitar la
doble tributación con relación a los impuestos a la renta y al patrimonio entre
los nacionales de ambos países. En la ceremonia participaron también el
embajador de la Confederación Suiza
en Chile, Andrés Regli y el Director del Servicio de Impuestos Internos,
Ricardo Escobar.
De este
modo, culmina un largo proceso de
negociación tendiente a aunar criterios respecto de la tributación que se debe
aplicar a las personas que intercambian bienes, prestan servicios o realizan
inversiones en el otro país y a la forma en que se evitará el doble pago de
impuestos en estos casos.
El convenio, que entrará en vigor una vez que ambos países se notifiquen del
cumplimiento de los procedimientos internos exigidos, establece una disminución
de la tasa de impuestos sobre las regalías pagadas al exterior de un 5%,
tratándose del uso o el derecho al uso de equipos industriales, comerciales o
científicos, y de un 10% en todos los demás casos.
Asimismo,
producto del acuerdo se elimina la tributación para servicios efectuados o prestados en Chile o en
Suiza por residentes del otro país cuando su duración sea inferior a 183 días y
se garantiza a los inversionistas de ambos países un crédito por los impuestos
pagados en el otro país. Esto permite ciertamente eliminar la doble imposición
de las rentas, objetivo central de esta clase de convenios.
Desde
el punto de vista de Chile, todo ello debiera redundar en una mayor
transferencia de tecnología y de servicios técnicos transfronterizos en el
país, aspectos claves en nuestra etapa de desarrollo.
Este convenio se inserta dentro de un intenso proceso de negociación iniciado por
Chile a fines de la década de 1990 y que a la fecha suma convenios vigentes con
16 países: Argentina, Brasil, Canadá, Corea del Sur, Croacia, Dinamarca,
Ecuador, España, Francia, México, Noruega, Nueva Zelandia, Perú, Polonia, Reino
Unido y Suecia.
También hay convenios suscritos con otros 8 países, que deben
cumplir con los trámites constitucionales para que entren en vigencia y
negociaciones en curso con varias otras naciones.