Convención parte con debate de normas sobre autonomía y nuevos controles para el Banco Central
Se expusieron propuestas que van desde mantener la actual marco regulatorio hasta ampliar los consejeros, establecer nuevas funciones y responsabilidad política y penal.
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La comisión Sistemas de Justicia y Organismos Autónomos de la Convención partió este jueves con el análisis de las distintas iniciativas de norma relativas a la independencia del Banco Central, oportunidad en que se expuso primero aquella de carácter popular que logró más de 60 mil firmas y las presentadas por los convencionales sobre el tema.
El debate se centró en establecer paridad de género en el consejo, nuevos elementos a considerar por el instituto emisor en sus decisiones y la forma de elección y remoción de los consejeros. Las votaciones quedaron pendientes para las próximas semanas.
La iniciativa popular de norma que fija un Banco Central autónomo dice -entre otros aspectos- que su función principal será velar por la estabilidad de la moneda y que para ello “deberá considerar aspectos como el cambio climático, la sostenibilidad ambiental y el empleo”.
Mientras una de las propuestas patrocinada por convencionales de Chile Vamos en lo central trata de mantener en la nueva Constitución la normativa vigente; otra innova en tres aspectos. Así, consideran adecuado remitir al legislador el establecimiento de las causales de cesación en el cargo de los miembros del Consejo; y establecer como mecanismo de responsabilidad constitucional que éstos puedan ser removidos a solicitud del Presidente con acuerdo del Senado; y establecer la obligación de rendir cuentas ante el mandatario y el Congreso en intervalos definidos por la ley.
Asimismo, afirman que “no se considera adecuado crear un mecanismo de acusación constitucional que pueda someter al Banco a presiones políticas indeseadas”.
Nuevos integrantes
Lo que sí modifica el actual marco normativo del banco es la propuesta de convencionales de movimientos sociales y ex Lista del Pueblo, que pide derogar la Ley Orgánica 18.840 del Central.
Junto con definir al instituto emisor como un “organismo nacional y técnico”, añade que sus deberes serán mantener “la estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda”, así como “tener en cuenta los objetivos de pleno empleo, igualdad y el equilibrio del ecosistema, para fomentar el buen vivir”.
Se plantea que el directorio del banco sea un órgano colegiado de siete integrantes, paritario, designados entre las ternas presentadas por el Congreso para cada cargo.
Los directores durarán en sus funciones cinco años, sin posibilidad de reelección y tendrán inhabilidades para desempeñarse en cargo durante tres años antes y tres años después en bancos y empresas a fines. Además, tendrán responsabilidad política, administrativa, civil y penal en el ejercicio de su puesto. Los requisitos particulares para el acceso al cargo serán por ley.
Se indica que “el Consejo del Banco Central estará compuesto por integrantes electos representantes de los trabajadores, de las universidades, de la ciudadanía, pueblos originarios y de los expertos en ecología de acuerdo con la Constitución y la ley y que no hayan ocupado cargo en banco o empresas afines”.