DF Constitucional

Convención: comisión de Medio Ambiente aprueba propuestas de normas transitorias

Entre ellas, se encuentran la nulidad de aquellos permisos, autorizaciones o concesiones sobre bienes naturales ubicados en territorios indígenas; la expropiación de las tierras forestadas en propiedad de privados y el reemplazo de la Conaf.

Por: Valentina Llompart / Gráfico: María C. Arvelo | Publicado: Jueves 12 de mayo de 2022 a las 19:13 hrs.
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Durante esta jornada, la comisión de Medio Ambiente, Derechos De La Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional aprobó en general sus propuestas de normas transitorias, que serán las encargadas de regular la implementación de la nueva Constitución y la entrada en vigencia de las nuevas normas e instituciones que establezca.

Las normas aprobadas continuarán su trámite y pasarán a ser discutidas en particular a la comisión de Normas Transitorias -que inicia su trabajo el lunes 16 de mayo-, instancia en donde se podrían ratificar o modificar previo a su votación en el pleno.

Servicio para la Crisis climática y Ecológica        

En la Comisión de Medio Ambiente fue aprobada la norma transitoria que indica que la creación del Servicio para la Crisis Climática y Ecológica será dependiente del Ministerio del Medio Ambiente y podrá implementarse en un plazo de dos años. 

Derechos de la Naturaleza

Asimismo, otra norma acordada indica que en un plazo de dos años se actualizará la legislación sobre delitos contra la Naturaleza -como el ecocidio-. Además, los proyectos industriales aprobados o en funcionamiento en las zonas definidas en el artículo 1 previo a la entrada en vigor de la Constitución deberán iniciar un plan de cierre progresivo que no exceda dos años de plazo.

Residuos

La comisión aprobó una serie de normas sobre esta temática, donde una de las cuales indica la realización de un catastro de vertederos, basurales y microbasurales dentro del territorio nacional de parte del Estado, que analizará todas aquellas Resoluciones de Calificación Ambiental respecto a vertederos y rellenos sanitarios, determinando el cierre inmediato de aquellos que no cuentan con permisos de funcionamiento en un plazo de tres años. 

Bienes comunes naturales

El Estado desarrollará un proceso de regularización de todos los títulos otorgados por el Estado sobre bienes comunes naturales. Se deberá promulgar en el plazo de cuatro años una ley general de títulos y autorizaciones sobre los bienes naturales.

Ministerio del Mar

A partir de un año desde la entrada en vigencia de la Constitución, se creará un Ministerio del Mar, para elaborar y dictar las políticas públicas referidas al cumplimiento de los artículos propuestos con el fin de optimizar su gestión e introducir criterios de eficiencia y racionalidad en materias de pesquerías, borde costero, transporte marítimo y puerto.

Estatuto Constitucional de los Bosques

El Servicio Nacional de Protección de los Bienes Comunes Vegetales y de Fiscalización del Sector Forestal reemplazará a la actual Conaf, que tendrá́ las atribuciones y competencias de un servicio público descentralizado, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente o el organismo que lo reemplace.

Otra de las normas transitorias aprobadas, es que las tierras forestadas en propiedad de privados podrán ser expropiadas por el Gobierno para el desarrollo de planes estratégicos de protección contra incendios; obtener nuevos terrenos para la edificación de viviendas; restauración y recuperación de zonas con un alto valor ecológico, cultural y social; y para la devolución y restitución de tierras y territorios indígenas.

Restitución de tierras indígenas

El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas reemplazará a la actual Conaf, con sus atribuciones y competencias, y con la naturaleza jurídica de un servicio público descentralizado, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente o el organismo que lo reemplace.

Será decretada la nulidad de pleno derecho de todos los permisos, autorizaciones o concesiones de exploración y explotación mineras, áridos, aguas, forestales, mega proyectos de generación eléctrica y otros del mismo tipo que recayeren sobre bienes naturales ubicados en territorios indígenas, cuando estos permisos, autorizaciones o concesiones hayan sido otorgados o implementadas sin el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas del territorio. Se evaluará un nuevo otorgamiento de estos permisos, autorizaciones o concesiones en un plazo no mayor a dos años.

Dentro de los tres primeros meses posteriores a la entrada en vigencia de la Constitución, el Gobierno deberá constituir y financiar una comisión especial, plurinacional y paritaria, encargada de desarrollar e impulsar las bases de una política de saneamiento, catastro y restitución de las tierras, aguas, territorios indígenas históricos y espacios sagrados.

Fin al Código de Aguas actual y a los derechos de aprovechamiento

Pese a que durante la semana pasada la Comisión de Medio Ambiente desechó uno de los artículos que proponía la estatización de las sanitarias en todo el país, este jueves la instancia de deliberación votó a favor de dos normas transitorias que hoy generan incerteza respecto de la actual propiedad que ciertos grupos mantienen sobre el recurso hídrico.

Se trata de la Iniciativa Convencional Constituyente 390-5 respecto del Artículo Transitorio Sexto, que caduca los derechos de aprovechamiento de agua que fueron entregados bajo la vigencia del Código de Aguas 1981; y de la Iniciativa Convencional Constituyente 390-5, referida al Artículo Transitorio Octavo, que establece la total invalidez “y eficacia jurídica el Código de Aguas en todo lo que sea aplicable sobre las normas que las disposiciones permanentes y transitorias de la Constitución han aprobado. En especial la consagración del agua como un bien natural común, en la priorización de los usos del agua y de las aguas indígenas”, indica el texto.

Si bien, en el primer caso la propuesta permite que “en caso excepcionales, los titulares de los derechos de aprovechamiento de agua que se caducan con la promulgación de esta Constitución” sean eventualmente indemnizados, desde el sector miran el fin de dicho mercado como una posibilidad cada vez más cercana.      

Paula Elías Auad, socia de Elías Abogados, y abogada experta en temas hídricos, explica que “en caso de aprobarse la norma que deroga el actual Código de Aguas, volvemos a cero con las consecuencias gravosas que ello trae aparejado”. Y en este sentido, señala que “no es lo mismo modificar, perfeccionar, que borrar”.

Si se elimina el modelo, se acaba el mercado de aguas, pues en el código actual y recién aprobado aún cuando se hable de concesiones administrativas y temporales, se permite transacción sobre ellos. Esto debilita completamente el sistema además con alto nivel de incertidumbre que le genera a los titulares y medida que además está por lejos de solucionar el problema de falta de agua”, sostiene la experta.

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