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Editorial

Cartas al Director

Por: Equipo DF

Publicado: Viernes 22 de julio de 2016 a las 04:00 hrs.

Norma sobre obras eléctricas

Señor Director:

En relación a la nota “Norma de la DGA amenaza con encarecer proyectos hidroeléctricos y mineros”, publicada este 20 de julio, se señala que el 40% de la capacidad hidroeléctrica del SIC estuvo en riesgo y que se amenaza con encarecer los proyectos hidroeléctricos y mineros como resultado del reglamento de obras mayores.

Este reglamento, publicado en el Diario Oficial el 19 de diciembre de 2015, constituye una garantía para los consultores y empresas que presentan a evaluación de la DGA las obras mayores que puedan afectar la seguridad de terceros y la contaminación de las aguas, tales como embalses, acueductos, represas y tranques de relaves, entre otras; ya que reduce discrecionalidad y otorga certeza de las exigencias técnicas y legales que deben cumplirse en el procedimiento de evaluación de dichas obras. Establece un examen de admisibilidad a la calidad y contenido técnico del proyecto de ingeniería a evaluar, aceptando sólo a tramitación proyectos que cuenten con derechos de aprovechamiento de aguas, y en consecuencia, otorgando su aprobación a proyectos cuyas obras de aprovechamiento sean concordantes con sus títulos de aguas.

La entrada en vigencia de esta normativa, reducirá los tiempos asociados a la revisión y aprobación de los proyectos de inversión que implican estas obras, y al hacerse cargo de la concordancia entre obras y derechos de aprovechamiento, redundará en una fuerte disminución de la judicialización y los conflictos con terceros, que ponen en riesgo la industria hidroeléctrica.

Complementando el reglamento, se emitió en mayo de este año, una circular para aclarar las dudas respecto a los alcances y aplicaciones del mismo, que recogió y dio respuesta a las principales preocupaciones de la industria.

El reglamento es una de las 27 medidas definidas por la Presidenta Bachelet en noviembre de 2014 para destrabar las inversiones y reactivar la economía, cuyos efectos se traducen en un aumento del 50% de aprobación de proyectos hidroeléctricos y mineros durante el primer semestre 2016 en relación a igual período en 2015. Esto significa que al 30 de junio se aprobaron 15 proyectos, y la proyección a fin de año es cerrar con al menos 30 aprobaciones.

Carlos Estévez Valencia

Director General de Aguas, Ministerio de Obras Públicas

Reforma al Código de Aguas

Señor Director:

En relación con lo afirmado por el Sr. Director General de Aguas en carta publicada el 19 de julio, en respuesta a la editorial “Reforma al Código de Aguas” del día anterior, confirmando lo señalado en la indicada editorial, el proyecto de modificación del Código de Aguas en actual tramitación sí lesiona, y gravemente, la seguridad jurídica de que actualmente gozan los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, en cuanto son propietarios de los mismos (propiedad garantizada, incluso, en la Constitución).

En efecto: 1) el proyecto elimina del texto vigente las expresiones “dominio” y “propiedad” y sustituye la expresión “dueño” por “titular”; 2) el artículo 6 bis, que el referido proyecto de ley introduciría al Código de Aguas, establece la extinción de los derechos de aprovechamiento si su titular no hace un uso efectivo del recurso, en un plazo de 4 años (derechos consuntivos) o de 8 años (derechos no consuntivos), sin distinguir si se trata de derechos antiguos o nuevos; y 3) el artículo 2º transitorio del mismo proyecto de ley contempla una sanción de caducidad, por el solo ministerio de la ley, para aquellos derechos de aguas constituidos con anterioridad a la publicación de la misma y cuyos titulares no los inscriban en el Conservador de Bienes Raíces dentro del plazo que dicha norma señala.

Todo lo anterior, es sin perjuicio del importante debilitamiento para el gran número de derechos de aprovechamiento consuetudinarios existentes en nuestro país, que también contempla el proyecto de ley en cuestión.

Gonzalo Muñoz Escudero

Abogado, Vergara y Compañía

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