AFP Capital se anota un triunfo: TC declara inadmisible requerimiento de jubilado para retirar sus fondos
Miguel Ángel Retamal solicitó sus ahorros previsionales con el objetivo de invertirlos de “mejor forma” a cómo los gestiona la administradora.
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Un nuevo caso de una persona que exige la devolución de sus ahorros para pensión llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC).
Se trata del jubilado por retiro programado Miguel Ángel Retamal quien solicitó a AFP Capital la totalidad de su fondos con el propósito de "invertirlos de manera de obtener ingresos o rentas que de la forma en que la AFP administra dichos fondos no podría tener", aclaró en su apelación.
Al igual que en los otros casos de retiros de ahorros previsionales, la petición fue rechazada por la AFP. Sin embargo, a diferencia de los otros casos presentados en mayo del año pasado, el pensionado decidió demandar a Capital ante el Juzgado Civil para obtener sus ahorros.
Luego en febrero de este año, Retamal presentó un requerimiento ante el TC a través de su abogado Marcelo Álvarez Rodríguez. El objetivo del jubilado era que no se aplicara la ley que actualmente rige el sistema previsional en el juicio de la demanda civil contra la AFP, de forma tal que le pudiera devolver sus ahorros.
"Se solicita la inconstitucionalidad de las disposiciones del DL 3.500, que hacen uso de una facultad de mi dominio, la disposición de mi propiedad privada y que permite que la administradora gestione la totalidad de mis fondos acumulados y no me dé acceso a disponer de los mismos, ni de administrarlos de mejor forma y bajo mejores condiciones que la administración de la AFP genera", se detalló en el documento presentado ante el TC.
No obstante, el miércoles pasado, el Tribunal Constitucional resolvió declarar inadmisible el requerimiento con lo que AFP Capital se anotó un triunfo. "El requerimiento debe satisfacer la necesidad de contar con 'fundamento razonable'. Es decir, contener una línea argumental con suficiente y meridiana motivación, así como fundamentos suficientemente sólidos, de tal como que, articulados, hagan inteligible para el tribunal la pretensión que se hace valer y la competencia específica que se requiere", argumentó el TC.
Ahora, existe la posibilidad de que el juzgado civil ordene a la AFP devolver los fondos, pero esta decisión puede ser apelada a la Corte de Apelaciones y después a la Corte Suprema.
Defensa de AFP Capital
El abogado Germán Concha, quien representó la defensa de la administradora, argumentó ante el tribunal de alzada que se declarara inadmisible por una serie de razones.
Por una parte, indicó que "admitir lo que se plantea en el requerimiento supone, necesaria e inevitablemente, convertir un sistema de pensiones como el consagrado en el DL 3500 (por ende, un sistema enmarcado en la seguridad social), en un esquema de ahorro forzoso, lo que supone privarlo de su justificación y causa fundamental".
Concha remarcó en que si se hubiera admitido la solicitud de Retamal, se acogería "retirar los fondos acumulados en el sistema de pensiones en una oportunidad y de una manera distinta a las que están previstas en dicho sistema, supone, necesaria e inevitablemente, convertirlo en un sistema de ahorro forzoso, lo que se traduce no sólo en que él pierda su causa y justificación, tanto jurídica como institucional, sino que se deje de cumplir con la garantía constitucional de la seguridad social respecto de la persona afectada y, en consecuencia, se le genere un daño mayor".